Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
03-04-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140403-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 2

188
Despidos 1.059 de 2013

EDICTO

Don Manuel J. Marín Madrazo, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Salamanca.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 1.059 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Melero Martínez, contra Fondo de Garantía Salarial e “Información y Difusión Taurina Multimedia, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 76 de 2014

En Salamanca, a 27 de febrero de 2014.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Salamanca, doña María Rosario Alonso Herrero, los presentes autos número 1.059 de 2013, seguidos a instancias de doña Patricia Melero Marines, como demandante, contra “Información y Difusión Taurina Multimedia, Sociedad Limitada”, no comparecida en autos, y Fondo de Garantía Salarial, representado por el letrado don Agustín Blanco Ledesma, como demandados, sobre despido.

Fallo

Que estimando la demanda deducida por doña Patricia Melero Martínez, contra “Información y Difusión Taurina, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora realizado con efectos de fecha 15 de octubre de 2013, quedando extinguida la relación laboral en esa fecha, condenando a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 4.327,78 euros en concepto de indemnización, con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en los términos legalmente establecidos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la indicación de que contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Si la recurrente fuera la empresa demandada, deberá consignar el importe de la condena en “Banesto”, de esta capital, cuenta número 3704/0000/65/1059/13, y depositar la cantidad de 300,00 euros en la referida cuenta, presentando los resguardos en este Juzgado en el momento del anuncio, pudiendo sustituirse el primero de los depósitos mencionados por aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista, y debiendo efectuarse, en su caso, los depósitos separadamente y acreditarse por resguardos diferentes.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Información y Difusión Taurina Multimedia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Salamanca, a 4 de marzo de 2014.—El secretario judicial, Manuel Marín Madrazo.

(03/8.314/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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