Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2014

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140402-84

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DEL ESTE

OFERTAS DE EMPLEO

84
Bases convocatoria director explotación complejo residuos

Por resolución de la Presidencia 6/2014, de 11 de marzo, de la Mancomunidad del Este, se han aprobado las bases de la convocatoria para la provisión de forma interina de una plaza de director de explotación del Complejo de Residuos, mediante concurso-oposición libre, cuyo contenido es el siguiente:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER DE FORMA INTERINA, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE DIRECTOR DE EXPLOTACIÓN VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE LA MANCOMUNIDAD DEL ESTE

Primera. Objeto de la convocatoria

De conformidad con la plantilla de personal de esta Mancomunidad, es objeto de la presente convocatoria la provisión interina, mediante concurso-oposición libre, con un período de prueba de hasta seis meses, de la plaza de director de explotación del Complejo de Residuos, encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, grupo A1, nivel complemento de destino 28. Dicha plaza está dotada con las retribuciones correspondientes a su grupo y nivel conforme a lo determinado en la relación de puestos de trabajo de la Mancomunidad del Este.

Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes

Para tomar parte en este concurso-oposición será necesario:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida.

Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias

Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al presidente de la Mancomunidad del Este, y se presentarán en el Registro de Entrada de esta Mancomunidad en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La solicitud deberá ir acompañada por:

— Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.

— Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.

— Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 36 euros, y que deberá ingresarse en la cuenta de la Mancomunidad número 2100-2202-63-0200209756.

Cuarta. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará resolución en el plazo máximo de quince días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución se publicará en el tablón de edictos de la Mancomunidad, y se señalará un plazo de cinco días hábiles para subsanación.

Al aspirante que, dentro del mencionado plazo, no subsane las deficiencias o acompañe los documentos preceptivos, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámite la misma.

La lista definitiva de admitidos y excluidos será publicada en el tablón de edictos de la Mancomunidad una vez finalizado el plazo de subsanación de errores. En el mismo anuncio, el presidente determinará lugar, fecha y hora del primer ejercicio y la composición del tribunal calificador.

El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Mancomunidad.

Quinta. Tribunal calificador

El tribunal seleccionador será designado por el presidente de la Mancomunidad, ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los respectivos suplentes:

— Presidente.

— Dos vocales, de los que uno actuará como secretario.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

La abstención y recusación de los miembros del tribunal serán de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos

Fase oposición:

Los aspirantes realizarán un ejercicio que consistirá en responder por escrito a 50 preguntas tipo test, que versarán sobre materias relacionadas con el temario que se incluye anexo a estas bases.

Para la realización del ejercicio los aspirantes contarán con una hora y media.

Este cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada respuesta correcta tendrá una puntuación de 0,20 puntos, siendo penalizadas las respuestas incorrectas con 0,10 puntos.

El ejercicio de esta prueba será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Fase concurso:

Se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes que hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos en la valoración de la fase de oposición, según el siguiente detalle:

a) Méritos profesionales: trabajo desarrollado en la Administración Pública o en la empresa privada en plazas con categoría de ingeniero superior, a razón de 0,75 puntos por año completo con un máximo de 3 puntos.

b) Formación: por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo conforme el siguiente baremo:

— Por cada máster con duración igual o superior a seiscientas horas: 0,50 puntos, con un máximo de 1 punto.

— Por cada curso con duración igual o superior a doscientas horas: 0,25 puntos, con un máximo de 0,50 puntos.

— Por cada curso con duración inferior a doscientas horas: 0,10 puntos, con un máximo de 0,50 puntos.

c) Experiencia docente: por cada curso, acción formativa o asignatura impartida, 0,25 puntos, con un máximo de 1 punto.

Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, siendo el máximo de puntuación de 6 puntos.

Los citados méritos deberán acreditarse como se detalla a continuación:

— Méritos profesionales: certificación o copia de certificación donde conste categoría profesional, Administración Pública donde se han prestado los servicios y períodos, vida laboral junto con contrato de trabajo donde se acredite el puesto de trabajo desarrollado en la empresa privada y período.

— Formación: mediante el correspondiente certificado o copia del diploma de asistencia, donde se indique sobre qué materias versa el curso, así como número de horas y centro de impartición, en los supuestos en los que no conste el número de horas se valorarán como cursos inferiores a veinte horas.

— Experiencia docente: mediante el correspondiente certificado o documento que acredite la impartición de la docencia.

En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente.

Entrevista personal:

Los aspirantes que hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos en la valoración de la fase de oposición deberán realizar una entrevista personal con el tribunal calificador, en relación con el contenido del puesto de trabajo y con una duración máxima de quince minutos. Será puntuada de 0 a 4 puntos.

Séptima. Calificación

El orden de calificación definitiva estará determinado por la media de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, la valoración de méritos y en la entrevista personal.

Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el tablón de edictos de la Mancomunidad.

Octava. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento

Una vez terminadas las fases de oposición, concurso y entrevista, el tribunal publicará el nombre del aspirante aprobado, elevando dicha propuesta a la Presidencia de la Mancomunidad para que efectúe el correspondiente nombramiento, una vez haya presentado, dentro del plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los siguientes documentos:

1. Copia compulsada del DNI, NIE o documento que acredite el régimen de nacionalidad en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

3. Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad.

4. Copia autentificada o fotocopia compulsada de la titulación a que hace referencia la base segunda o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias deberán justificar el momento en que terminaron los estudios.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser nombrados, quedando anulada la propuesta de nombramiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes propuestos renunciase a su nombramiento o no presentase la documentación en plazo, se requerirá al tribunal para que realice propuesta complementaria del aspirante que siga al propuesto.

Presentada la documentación preceptiva por el aspirante seleccionado, y una vez aprobada la propuesta por el presidente de la Mancomunidad, el opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento.

El nombramiento quedará revocado cuando la plaza ocupada interinamente se provea por funcionario de carrera por alguno de los sistemas de provisión previstos reglamentariamente.

Novena. Incidencias

El tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición, en todo lo no previsto en estas bases.

En lo no previsto en estas bases será de aplicación la Ley 7/2007, de 13 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

ANEXO

TEMARIO

Parte común

1. La Constitución española de 1978. Características generales y principios fundamentales.

2. Derechos y deberes fundamentales en la Constitución. Derechos fundamentales y libertades públicas: su ejercicio y defensa constitucional.

3. La división de poderes en la Constitución. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, Senado. La Diputación Permanente.

4. El Gobierno. Composición. Nombramiento y remoción de su presidente. La moción de censura y la cuestión de confianza.

5. La Comunidad de Madrid. Estatuto.

6. La organización territorial del Estado.

7. La Administración Local. Entidades Locales: territoriales y no territoriales.

8. Funcionamiento de las Entidades Locales. Órganos de Gobierno: el alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local, las Comisiones Informativas.

9. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases.

10. El procedimiento administrativo local.

11. La Función Pública. Derechos y deberes de los funcionarios. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario.

12. El presupuesto de las Entidades Locales.

13. Los contratos del Sector Público. Naturaleza jurídica. Partes en el contrato: el órgano de contratación y el empresario: capacidad y solvencia. Objeto de los contratos. Precio.

14. Preparación de los contratos. La selección del contratista. Adjudicación de los contratos. Procedimientos de contratación. Garantías. Perfección y formalización de los contratos. Régimen de invalidez.

15. Ejecución y modificación de los contratos. Prerrogativas de la Administración. Revisión de precios. Extinción de los contratos. Cesión de contratos y subcontratación.

16. Clases de contratos administrativos: contrato de obras. Contrato de concesión de obras públicas. Contrato de gestión de servicios públicos. Contrato de suministros. Contrato de servicios. Contrato de colaboración entre el sector público y el sector privado.

Parte específica

17. El medio ambiente en la Unión Europea. Programas de acción comunitarios en materia de medio ambiente. El medio ambiente en la legislación española. Distribución de competencias entre la Administración Central, Autonómica y Local.

18. El medio ambiente en la legislación española. Distribución de competencias entre la Administración Central, Autonómica y Local. La organización de la Administración Estatal y Autonómica en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible.

19. Competencias locales en materia de medio ambiente derivadas de la legislación de régimen general y de la legislación sectorial servicios municipales en materia de medio ambiente.

20. Desarrollo sostenible y ordenación territorial y urbanística. Legislación ambiental aplicable al planeamiento urbanístico.

21. La evaluación del impacto ambiental. Fundamentos, concepto, normativa europea, nacional y autonómica relativa a la evaluación ambiental. Evaluación del impacto ambiental estrategias aplicada a políticas, planes, programas y normativa que la regula.

22. Tipología de evaluación de impacto ambiental. Alcance y contenido. Procedimientos. Conceptos técnicos. Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

23. Metodologías de valoración de impactos. Medidas preventivas, correctoras y compensatorias. Programas de vigilancia ambiental. Niveles de detalle de los Estudios de Impacto Ambiental. Etapas en los estudios del medio físico.

24. La evaluación y calificación ambiental de actividades. Antecedentes, conceptos y competencias de la Comunidad de Madrid.

25. Ley de Prevención y Control Integrado de la Contaminación.

26. Ley 22/2011, de Residuos y Suelos Contaminados. Legislación estatal y de la Comunidad de Madrid referente a residuos. Contaminación de los suelos: planificación, gestión y legislación aplicable en la Comunidad de Madrid. Fuentes de contaminación de suelos. Métodos de descontaminación de suelos contaminados. Régimen jurídico de los suelos contaminados.

27. Residuos Sólidos Urbanos (RSU). Fracciones que componen los RSU.

Sistemas de gestión. Normativa general de la Comunidad de Madrid. Envases y residuos de envases: normativa reguladora. Sistemas integrados de gestión. Instalaciones de tratamiento de RSU en la Comunidad de Madrid.

28. Los residuos de la construcción y demolición: fracciones que los componen. Alternativas de gestión y legislación aplicable.

29. Marco jurídico de la producción y gestión de residuos peligrosos. El traslado nacional y transfronterizo de residuos: autorizaciones requeridas, obligaciones, documentación necesaria y normativa aplicable. Instalaciones públicas de tratamiento de residuos peligrosos de la Comunidad.

30. Residuos especiales gestión y tratamiento: pilas y baterías. Muebles y enseres. Vehículos. Animales muertos. Residuos biosanitarios. Aparatos eléctricos y electrónicos. Residuos industriales.

31. Vehículos al final de su vida útil, neumáticos fuera de uso: alternativas de gestión y normativa aplicable.

32. Lodos y depuración. Características y alternativas de tratamiento.

33. Obligaciones y responsabilidad relativas a la gestión de residuos urbanos por parte de los productores, poseedores y gestores.

34. Los puntos limpios. Definición y objeto. Modelos de puntos limpios. Residuos admisibles y no admisibles. Locales destinados a la recepción de residuos urbanos. Clases y características.

35. Tratamientos de residuos. Plan Regional de Residuos Urbanos (2006-2016) de la Comunidad de Madrid. Operaciones de valorización y eliminación. La eliminación de residuos mediante depósito en vertedero: legislación aplicable.

36. Educación ambiental. Programas e instalaciones de educación ambiental de la Comunidad de Madrid.

37. Orígenes, composición y propiedades de los residuos sólidos urbanos. Propiedades físicas, químicas y biológicas. Tasas de generación, reciclaje y recolección.

38. Gestión de residuos urbanos: prerrecogida de residuos urbanos domiciliarios. Recogida selectiva y separación en origen. Clases de recipientes.

39. Gestión de residuos urbanos: recogida y transporte de residuos urbanos domiciliarios. Recogida selectiva. Vehículos de recogida de residuos urbanos. Tipos y características. Sistemas de recogida.

40. Gestión de residuos urbanos: almacenamiento, valoración y eliminación.

41. Maquinaria para la gestión integral de residuos sólidos urbanos. Prerrecogida, Recogida, transporte, plantas de transferencia y tratamiento. Tecnologías y aplicaciones.

42. Tratamiento de residuos. Instalaciones de separación y clasificación de residuos. Tecnologías de separación y procesamiento. Instalaciones de separación y clasificación de envases. Objetivos del reciclado.

43. Tratamiento de residuos. Instalaciones de valorización energética de residuos. Tecnologías disponibles. Normativa sobre el sistema eléctrico y el sector financiero. Normativa sobre la sostenibilidad energética.

44. Tratamiento de residuos. Instalaciones de compostaje y biometanización. Tecnologías de conversión biológica y química.

45. Transferencia y transporte. Medios y métodos de transporte de residuos. Tipos de estación de transferencia.

46. Planificación, localización y obtención de permisos para las instalaciones de gestión de residuos. Ley 16/2002, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. Principales variables a considerar en la selección de emplazamientos de los distintos tipos de vertedero.

47. Vertederos sanitariamente controlados. Estudios previos, construcción, explotación, clausura y mantenimiento posclausura. Eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Clases de vertederos.

48. Autorizaciones de tratamiento y eliminación de residuos en las instalaciones de la Comunidad de Madrid. Procedimiento para su obtención. Suspensión y revocación.

49. Competencia municipal en la vigilancia y control de la gestión de residuos. Infracciones en materia de gestión de residuos. Infracciones leves. Infracciones graves. Infracciones muy graves. Prescripción. Procedimiento sancionador en materia de gestión de residuos. Principios que lo informan. Sujetos responsables. Sanciones. Prescripción. Medidas provisionales.

50. Sistemas de gestión ambiental. Normas ISO 14.000. Reglamentos EMAS.

51. Acceso a la información ambiental. Normativa reguladora. Fuentes de información ambiental.

52. Sistemas de Información Geográfica. Aplicación a la gestión del medio ambiente.

53. Protección de la flora y fauna silvestre de la Comunidad de Madrid. Categorías de especies amenazadas. Biodiversidad. Protección de los Espacios Naturales. Marco Legislativo. Figuras de Protección. Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Protección de la flora y la fauna de la Comunidad de Madrid. Categorías de especies amenazadas. Red Natura 2000.

54. El paisaje. Conceptos básicos para su descripción, valoración y caracterización.

55. Localización, distribución y estructura de las principales actividades económicas en la Comunidad de Madrid; explotaciones agrarias, industria y servicios. Su incidencia en el medio ambiente.

56. La etiqueta ecológica, los sistemas de gestión y auditoría ambiental. Marco jurídico. Normas técnicas nacionales, europeas e internacionales.

57. El agua. Principales características físico-químicas de las aguas naturales. Proceso de eutrofización.

58. Ley de Aguas. Dominio Público Hidráulico y su protección. Autorizaciones de Vertido.

59. Contaminación de aguas. Parámetros definidores de la contaminación. Características de las aguas residuales urbanas, agrícolas e industriales.

60. Tratamiento y depuración de las aguas residuales. Tratamientos blandos. Pretratamiento y tratamiento primario. Tratamiento secundario y terciario de aguas residuales. Aplicaciones al tratamiento de lixiviados de residuos.

61. Abastecimiento de aguas en la Comunidad de Madrid: antecedentes, recursos, sistemas y competencias de gestión. Calidad de las aguas de abastecimiento. Legislación. Tratamiento de las aguas de abastecimiento. Vigilancia sanitaria.

62. Vertidos líquidos al sistema integral de saneamiento de la Comunidad de Madrid. Diseño de campañas de control de aguas. Control de vertidos. Muestreo y conservación de muestras.

63. El clima en la Comunidad de Madrid. Dinámica atmosférica. Estructura y composición de la atmósfera. Principales contaminantes y sus focos emisores.

64. Cambio climático. Normativa y aplicación del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

65. Procesos de contaminación a larga distancia: protección de la capa de ozono atmosférico, lluvia ácida, convenios internacionales y normativa de aplicación.

66. Fuentes de contaminación atmosférica: tráfico, instalaciones industriales y domésticas. Normativa sobre emisiones a la atmósfera. Sistema de muestreo y análisis de emisiones. Técnicas de depuración.

67. Normativa sobre inmisión a la atmósfera. Sistema de muestreo y análisis de los niveles de inmisión. Modelos de predicción y contaminación atmosférica en la Comunidad de Madrid.

68. Generación, transporte y distribución de energía en la Comunidad de Madrid. Energías renovables. Su aprovechamiento en la Comunidad de Madrid.

69. El ruido. Magnitudes características. Legislación aplicable. Fuentes de contaminación acústica y medidas correctoras. Equipos de medida.

70. Vibraciones. Origen de las vibraciones, unidades y sistemas de medida. Normativa de aplicación.

71. Inspección ambiental y actuaciones a realizar en la inspección. Regulación. El Reglamento de los Agentes Ambientales de la Comunidad de Madrid. Toma de muestras ambientales. La recomendación 2003/331 CEE sobre criterios mínimos en las inspecciones medioambientales en los Estados miembros.

72. Tasas e impuestos ambientales.

En Alcalá de Henares, a 17 de marzo de 2014.—El presidente, F. Javier Bello Nieto.

(02/2.050/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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