Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140402-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

142
Procedimiento ordinario 412 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel García Guerrero, secretario judicial, en sustitución, del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 412 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Zully Ester Silguero Martínez, frente a don Alejandro Buiza Medina y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que desestimando la demanda interpuesta por doña Zully Ester Silguero Martínez, contra don Alejandro Buiza Medina y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones en su contra ejercitadas por la actora en su escrito de demanda.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Alejandro Buiza Medina, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 26 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.266/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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