Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140401-173

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

173
Ejecución 60 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 60 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Emilio Las Heras Burgos, frente a “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, “Esabe Limpieza, Sociedad Anónima”, “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, y “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 5 de marzo de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Juan Emilio Las Heras Burgos, frente a “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Limpieza, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”. Respecto a la cantidad fijada en el título indicado, se despacha ejecución por un principal de 1.954,75 euros, más 195 euros de intereses y 195 euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2518/0000/64/1472/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Teresa Orellana Carrasco.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 5 de marzo de 2014.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2013 a las empresas “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Limpieza, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, a favor del demandante don Juan Emilio Las Heras Burgos y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, el día 30 de abril de 2014, a las nueve y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Asimismo, y constando que la empresa “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, ha sido declarada insolvente por el Juzgado de lo social número 31 en resolución dictada en fecha 17 de julio de 2013, autos de ordinario número 141 de 2013, ejecución número 122 de 2013; la empresa “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, ha sido declarada insolvente por el Juzgado de lo social número 33 en resolución dictada en fecha 6 de junio de 2013, autos de ordinario número 1.422 de 2012, ejecución número 100 de 2013; la empresa “Esabe Limpieza, Sociedad Anónima”, ha sido declarada insolvente por el Juzgado de lo social número 15, en resolución dictada en fecha 25 de septiembre de 2013, autos de ejecución número 176 de 2013; la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, ha sido declarada insolvente por el Juzgado de lo social número 6 en resolución dictada en fecha 2 de septiembre de 2013, autos de ordinario número 996 de 2012, ejecución número 106 de 2013, y la empresa “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, ejecutada, ha sido declarada insolvente por el Juzgado de lo social número 17 en resolución dictada en fecha 16 de septiembre de 2013, autos de despido número 1.498 de 2012, ejecución número 168 de 2013, conforme a lo previsto en el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social, se dará audiencia al Fondo de Garantía Salarial en el momento procesal oportuno.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Limpieza, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.149/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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