Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2014

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140401-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Impuesto bienes inmuebles rústica y urbana

Se exponen al público los padrones de los impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana correspondientes al ejercicio 2014, aprobados por decreto 241/2014, por un período de treinta días, a contar desde su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar reclamaciones que estimen oportunas.

El plazo de ingreso en período voluntario de las deudas tributarias correspondientes a dichos impuestos del ejercicio 2014 abarcará desde el día 1 de septiembre hasta el día 3 de noviembre de 2014, ambos inclusive. Una vez finalizado el plazo de recaudación en período voluntario, las deudas serán exigibles por el procedimiento de apremio y con los efectos previstos en el artículo 98 del Reglamento General de Recaudación.

El pago se realizará mediante la notificación que se reciba en el domicilio, realizando el ingreso en cualquier oficina de ámbito nacional de las entidades colaboradoras, “Bankia”, “Caja Castilla-La Mancha”, “Banco Popular”, en las oficinas de recaudación, sitas en las dependencias municipales, los lunes, miércoles y viernes, de nueve a catorce horas, así como en las oficinas auxiliares sitas en Madrid, calle Téllez, número 18, de nueve a trece horas.

Transcurrido el plazo se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo, intereses de demora y costas que proceda. Lo que se hace público para general conocimiento.

En Torrejón de la Calzada, a 17 de marzo de 2014.—El alcalde-presidente, Eusebio García Gómez.

(02/2.019/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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