Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140401-218

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

218
Ejecución 24 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 24 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Fernández Isabel, doña Julia Sorio Corcho, doña Noemí Gómez Pardo, doña Pilar Carrasco Duarte, doña Raquel Herradón Arévalo, doña Sara Gómez Pardo, doña Vanesa Olmedo del Cerro y doña Yolanda Lázaro Quirós, frente a “Kiupack, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución de fecha 27 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 31.541,50 euros de principal, de los que corresponde:

A doña Vanesa Olmedo del Cerro: 3.331,47 euros brutos.

A doña Noemí Gómez Pardo: 3.510,72 euros brutos.

A doña Sara Gómez Pardo: 3.371,96 euros brutos.

A doña Yolanda Lázaro Quirós: 2.211,71 euros brutos.

A doña Julia Sorio Corcho: 3.513,52 euros brutos.

A doña Pilar Carrasco Duarte 3.271,35 euros brutos.

A doña Raquel Herradon Arévalo: 6.706,29 euros brutos.

A don Daniel Fernández Isabel 5.624,49 euros brutos.

Más 1.892,49 euros de intereses y 3.154,15 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Kiupack, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de testimonio a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2807/0000/64/0024/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Kiupack, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.052/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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