Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140401-214

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

214
Ejecución 174 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 174 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohammed Atouf El Masquini, frente a “Barcadera Building, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado el decreto de insolvencia número 154 de 2014, de fecha 25 de febrero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, se acuerda:

a) Poner a disposición del ejecutante don Mohammed Atouf El Masquini la cantidad de 548,45 euros, debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado los lunes, jueves o viernes, de nueve y treinta a trece y treinta horas, a los fines de hacerle entrega del oportuno mandamiento de devolución, debiendo acreditar su personalidad por medio del correspondiente documento nacional de identidad, pasaporte o carné de conducir, y debiéndose poner en contacto con este Juzgado a través del teléfono 914 438 082, en días previos o el mismo día en que piense comparecer en esta Secretaría o, en su caso, presentar escrito en el que se señale cuenta corriente, alegando expresamente ser titular de la misma a los fines de que por este Juzgado se efectúe una transferencia bancaria.

b) Y para el pago de 4.413,03 euros de principal se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Barcadera Building, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de testimonio a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, y verificado el pago, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2807/0000/64/0174/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Barcadera Building, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.024/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140401-214