Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140401-168

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

168
Ejecución 196 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 196 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Arrabe Íntegra, Sociedad Limitada”, frente a doña Juana Campillo Fernández, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 2 de octubre de 2013.

Por recibida la anterior comunicación del Registro de Propiedad de Las Rozas de Madrid remitida por correo ordinario y adelantada vía fax, únase a los autos de su razón. Se tiene por comunicado el defecto subsanable de no constar en el mandamiento que se ha notificado el embargo al cónyuge de la demandada, don Juan José Caballero Caballero.

Asimismo, por recibido en fecha 26 de septiembre de 2013 el anterior escrito presentado por la letrada doña Isabel Gonzalo Cuadrado, en nombre y representación de “Arrabe Íntegra, Sociedad Limitada”, únase a los autos de su razón.

Visto su contenido se tienen por aportados los datos que identifican al cónyuge de la demandada toda vez que es actualmente copropietario del inmueble cuyo embargo se pretende, acordándose por la presente notificar el decreto de embargo de fecha 22 de mayo de 2013 a don Juan José Caballero Caballero, y verificado que sea, reiterar el mandamiento al Registro de la Propiedad.

Habiéndose recibido sin cumplimentar la notificación del decreto de embargo de fecha 22 de mayo de 2013 a través de correo certificado con acuse de recibo dirigida a la parte actora doña Juana Campillo Fernández, en el día de la fecha se procede a la investigación judicial del domicilio del ejecutado y, a tal efecto, se consultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial.

Apareciendo como domicilio el de la calle de la Estación, número 18, primero C, 28231 Las Rozas de Madrid (Madrid), se reintenta dicha notificación a través de correo certificado con acuse de recibo, de lo que doy fe.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 22 de mayo de 2013.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe con referencia catastral 6433001 VK2863S0088OL, localización en la avenida Doctor Toledo, número 40, Las Rozas de Madrid. Uso local almacén-estacionamiento, superficie 31 metros cuadrados, como propiedad de doña Juana Campillo Fernández, para responder de la cantidad de 6.653 euros de principal, más 665 euros de costas y 665 euros de intereses provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de “Arrabe Íntegra, Sociedad Limitada”, contra doña Juana Campillo Fernández.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar el embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Juana Campillo Fernández y a don Juan José Caballero Caballero, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.086/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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