Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140401-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

101
Procedimiento ordinario 536 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 536 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther Saavedra Rovira, don Jesús Gabriel Campos Barroso, don Manuel Montero Molina, don Pedro Pardo Vaquero, don Rafael Carrasco Román y don Thorsten Joachim Kumpf, frente al Fondo de Garantía Salarial, doña María Victoria López Quilis, “Procter and Gamble España, Sociedad Anónima”, “Productos Cosméticos, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Welonda Iberia, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistidos a la parte actora don Rafael Carrasco Román, don Thorsten Joachim Kumpf, doña Esther Saavedra Rovira y don Pedro Pardo Vaquero de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones respecto de estos trabajadores, previa baja en el libro correspondiente y continuándose el procedimiento respecto del resto de los actores.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2500/0000/60/0536/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Welonda Iberia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.037/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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