Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140326-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 1

119
Juicio de faltas 787 de 2012

EDICTO

Doña Berta Bonete Satorre, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de San Lorenzo de El Escorial.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 787 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 13 de 2013

En San Lorenzo de El Escorial, a 31 de enero de 2013.—Vistos por doña Concepción Ferrer Mejía, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de San Lorenzo de El Escorial, los precedentes autos del juicio de faltas número 787 de 2012, seguidos por una falta de amenazas, incoado en virtud de atestado, en el que han sido partes: doña Cristina García Alonso, en realidad de denunciante: doña María de los Dolores Carro Sánchez, en calidad de denunciada, ambas sin asistencia letrada, y el ministerio fiscal, en ejercicio de la acción pública.

Fallo

Condeno a doña María de los Dolores Carro Sánchez, como autora penalmente responsable de una falta de amenazas, a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de 3 euros.

Se imponen a la condenada las costas procesales devengadas en este proceso.

La multa impuesta en el presente procedimiento deberá hacerse efectiva en el plazo de quince días desde la firmeza de esta resolución y en su totalidad, siendo de aplicación el artículo 53 del Código Penal respecto a la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago (si la condenada no satisfaciere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que, tratándose de faltas, podrá cumplirse mediante localización permanente).

El ingreso deberá realizarse en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad bancaria “Banesto”, CDC número 2695/0000/76/0787/12.

Para ingresos por transferencia desde cualquier otra entidad bancaria a “Banesto”, número de cuenta 0030/1846/42/0005001274, y en el apartado de “Observaciones y conceptos” añadir los dieciséis dígitos de CDC del párrafo anterior (dieciséis dígitos).

Realizado el pago, la entidad bancaria lo comunicará inmediatamente al Juzgado y el procedimiento se archivará.

Cantidad a ingresar: 45 euros (multa).

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña María Dolores Carro Sánchez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en San Lorenzo de El Escorial, a 5 de febrero de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/7.529/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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