Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2014

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140325-56

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

OFERTAS DE EMPLEO

56
Modificación bases procedimientos selectivos funcionario OPE 2009

La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 14 de febrero de 2014, acordó:

APROBACIÓN MOFICACIÓN DE LAS BASES GENERALES PARA LOS PROCECIMIENTOS SELECTIVOS PROVISIÓN DE LAS PLAZAS DE FUNCIONARIO DE CARRERA INCLUIDAS EN O.P.E. 2009

Acuerdo:

Aprobar Ias siguientes modificaciones a las bases para la convocatoria de plazas de funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2009:

A) En las bases para la cobertura de conserjes aprobadas por Junta de Gobierno Local de 11 de diciembre de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, de 10 junio de 2010, y corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 148, de 23 de junio de 2010):

1. Añadir un nuevo punto 3 a la base primera con la siguiente redacción:

“La convocatoria de las plazas a que se refieren estas bases se regirán por lo dispuesto en las bases generales para los procedimientos selectivos de provisión de las plazas de funcionario de carrera incluidas en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada en la redacción aprobada por Junta de Gobierno Local de 31 de enero de 2014, y por lo dispuesto en las presentes bases, que tendrán el carácter de bases específicas para las plazas objeto de la convocatoria”.

2. Dar a la base segunda la siguiente redacción:

“Segunda. Requisitos específicos para la plaza.—Serán requisitos específicos para la plaza:

c) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión o en condiciones de obtener la credencial que acredite su habilitación en España.

d) Abonar la tasa que esté vigente en el momento de presentación de instancias”.

3. Dar a la base undécima la siguiente redacción:

“Undécima. Lista de espera.—A efectos de selección de funcionarios interinos de conserje, escala de Administración Especial, subescala técnica, agrupación profesional, para la cobertura interina de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, se formará una lista de espera integrada por un número máximo de 50 candidatos con los aspirantes que hayan superado, al menos, el primer ejercicio, hayan obtenido un mínimo de 4 puntos en el segundo ejercicio y no obtengan plaza en el presente procedimiento selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el tribunal de selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

La gestión de la lista de espera se realizará de acuerdo con lo dispuesto en las normas de funcionamiento y gestión de las listas de espera y bolsas de empleo temporal del Ayuntamiento de Fuenlabrada”.

4. Derogar las bases tercera, cuarta, quinta, séptima, octava, novena, décima y duodécima.

B) En las bases para la cobertura de operarios de limpieza viaria aprobadas por Junta de Gobierno Local de 11 de diciembre de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, de 10 junio de 2010, y corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 148, de 23 de junio de 2010):

1. Añadir un nuevo punto 3 a la base primera con la siguiente redacción:

“La convocatoria de las plazas a que se refieren estas bases se regirán por lo dispuesto en las bases generales para los procedimientos selectivos de provisión de las plazas de funcionario de carrera incluidas en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada en la redacción aprobada por Junta de Gobierno Local de 31 de enero de 2014, y por lo dispuesto en las presentes bases, que tendrán el carácter de bases específicas para las plazas objeto de la convocatoria”.

2. Dar a la base segunda la siguiente redacción:

“Segunda. Requisitos específicos para la plaza.—Serán requisitos específicos para la plaza:

a) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión o en condiciones de obtener la credencial que acredite su habilitación en España.

b) Abonar la tasa que esté vigente en el momento de presentación de instancias”.

3. Dar a la base undécima la siguiente redacción:

“Undécima. Lista de espera.—A efectos de selección de funcionarios interinos de operarios de limpieza viaria, escala de Administración Especial, subescala técnica, agrupación profesional, para la cobertura interina de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, se formará una lista de espera integrada por un número máximo de 50 candidatos con los aspirantes que hayan superado, al menos, el primer ejercicio, hayan obtenido un mínimo de 4 puntos en el segundo ejercicio y no obtengan plaza en el presente procedimiento selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el tribunal de selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

La gestión de la lista de espera se realizará de acuerdo con lo dispuesto en las normas de funcionamiento y gestión de las listas de espera y bolsas de empleo temporal del Ayuntamiento de Fuenlabrada”.

4. Derogar las bases tercera, cuarta, quinta, séptima, octava, novena, décima y duodécima.

C) En las bases que deben regir la convocatoria de plazas de funcionario de carrera que se mencionan en sus anexos, aprobadas por la Junta de Gobierno Local de 21 de mayo de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 148, de 23 de junio de 2010).

1. Dar a la base primera la siguiente redacción:

“Primera. Regulación de las convocatorias.—Las convocatorias de las plazas que se mencionan en los correspondientes anexos de estas bases se regirán por lo dispuesto en las bases generales para los procedimientos selectivos de provisión de las plazas de funcionario de carrera incluidas en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada en la redacción aprobada por Junta de Gobierno Local de 31 de enero de 2014, y por lo dispuesto en los correspondientes anexos que tendrán el carácter de bases específicas para las plazas que se citan en ellos”.

2. Dar a la base segunda la siguiente redacción:

“Segunda. Listas de espera.—A efectos de selección de funcionarios interinos de cada una de las plazas de los siguientes anexos, para la cobertura interina de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se formará una lista de espera integrada por un número máximo de 10 candidatos, de acuerdo a las condiciones expresas de cada anexo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el tribunal de selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

La gestión de la lista de espera se realizará de acuerdo con lo dispuesto en las normas de funcionamiento y gestión de las listas de espera y bolsas de empleo temporal del Ayuntamiento de Fuenlabrada”.

3. Derogar las bases tercera a novena, ambas inclusive.

D) En las bases que deben regir la convocatoria de plazas de funcionario de carrera que se mencionan en sus anexos, aprobadas por la Junta de Gobierno Local de 9 de julio de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 188, de 7 de agosto de 2010).

1. Dar a la base primera la siguiente redacción:

“Primera. Regulación de las convocatorias.—Las convocatorias de las plazas que se mencionan en los correspondientes anexos de estas bases se regirán por lo dispuesto en las bases generales para los procedimientos selectivos de provisión de las plazas de funcionario de carrera incluidas en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Fuenlabrada en la redacción aprobada por Junta de Gobierno Local de 31 de enero de 2014, y por lo dispuesto en los correspondientes anexos que tendrán el carácter de bases específicas para las plazas que se citan en ellos”.

2. Dar a la base segunda la siguiente redacción:

“Segunda. Listas de espera.—A efectos de selección de funcionarios interinos de cada una de las plazas de los siguientes anexos, para la cobertura interina de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se formará una lista de espera integrada por un número máximo de 10 candidatos, de acuerdo a las condiciones expresas de cada anexo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el tribunal de selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

La gestión de la lista de espera se realizará de acuerdo con lo dispuesto en las normas de funcionamiento y gestión de las listas de espera y bolsas de empleo temporal del Ayuntamiento de Fuenlabrada”.

3. Derogar las bases tercera a novena, ambas inclusive.

Fuenlabrada, a 19 de febrero de 2014.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(02/1.315/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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