Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140325-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

65
Modificación ordenanza ejercicio de actividades

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 11 de marzo de 2014, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora del libre ejercicio de actividades y servicios, aprobada en fecha 15 de mayo de 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de septiembre de 2012), modificada en fecha 9 de julio de 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de octubre de 2013).

Segundo.—De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, remitir el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

Tercero.—Acordar que, en el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento, haciendo constar que la propuesta de ordenanza podrá ser consultada en el Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) del Ayuntamiento de Moralzarzal, sito en la plaza Constitución, número 1, de Moralzarzal, así como en la web oficial de esta Corporación: www.moralzarzal.es

Las alegaciones y sugerencias se dirigirán a Secretaría General, debiendo presentarse en el Registro General adscrito al SAC, de lunes a sábado, de nueve a catorce horas.

Moralzarzal, a 11 de marzo de 2014.—El secretario general, Santiago Perdices Rivero.

(03/8.157/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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