Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140325-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación de funciones

La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido el decreto 428/2014, de 5 de marzo, cuyo texto íntegro es el siguiente:

“Visto que en los decretos 25/2014, de 8 de enero, y 47/2014, de 13 de enero, de delegaciones a concejales/as, en el que no se han establecido las competencias en cuanto a la potestad sancionadora.

En virtud de lo establecido en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, vengo en decretar:

Primero.—Delegar en los concejales delegados de área la competencia para sancionar las faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales en las materias comprendidas dentro del ámbito de las competencias delegadas por los decretos 25/2014, de 8 de enero, y 47/2014, de 13 de enero.

Segundo.—Delegar en doña María José Soria Hurtado, la competencia para sancionar las faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales en el área de seguridad que incluye las siguientes materias:

— Circulación viaria.

— Política de Seguridad Ciudadana dentro del municipio.

— Dirección, seguimiento y control del Cuerpo de Protección Civil.

— Dirección, seguimiento, control y organización del personal de la Policía Local.

— Resolución de los expedientes de sanción administrativa asignados al área de Policía Local.

— Resolución de los expedientes de retirada de vehículos.

Tercero.—Notificar este nombramiento a los concejales designados.

Cuarto.—Publicar estas delegaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del ROF y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.

Quinto.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del ROFCL”.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del ROF.

En Velilla de San Antonio, a 6 de marzo de 2014.—El secretario general, Jesús Santos Oñate.

(03/8.158/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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