Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
24-03-2014

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140324-191

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

191
Ejecución 474 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la ejecución número 474 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguida a instancias de don José Luis Loro Marín, frente a doña Elena Cantarero Alloza, don Luis Francisco Merino Arranz y “Mercansa, Sociedad Cooperativa”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 27 de diciembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 4.285,95 euros de principal (correspondiendo 1.194,33 euros en concepto de indemnización y 3.091,62 euros en concepto de salarios), más 309,16 euros de interés por mora y 459 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de los ejecutados doña Elena Cantarero Alloza, don Luis Francisco Merino Arranz y “Mercansa, Sociedad Cooperativa”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Asimismo, hágase entrega de certificación de la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2851/0000/64/0474/13.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, María Victoria Esteban Delgado.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Luis Francisco Merino Arranz, doña Elena Cantarero Alloza y “Mercansa, Sociedad Cooperativa”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 17 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.541/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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