Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
24-03-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140324-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

171
Procedimiento 962 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 962 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime Alejandro Herrera Gutiérrez, frente a doña María Jesús López Hernández y “Apiu Lamo, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísimo señor don Antonio Capillo Bolaños.—En Madrid, a 23 de julio de 2013.

Por repartida la anterior demanda el día 22 de julio de 2013 presentada por don Jaime Alejandro Herrera Gutiérrez, teniendo por parte demandada a doña María Jesús López Hernández y “Apiu Lamo, Sociedad Limitada”, regístrese y fórmense los autos, y como quiera que se advierten los siguientes defectos:

No se acredita la interposición de la correspondiente reclamación previa; apórtese a este Juzgado el acta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

No se aportan copias de la demanda para las demás partes.

Subsánese la demanda en el sentido de aclarar porqué y en qué condición se demanda a doña María Jesús López Hernández.

No ha lugar, por ahora, a su admisión a trámite, requiriéndose al actor a fin de que en el plazo de cuatro días subsane los defectos indicados, con la advertencia de que caso de no hacerlo así en el indicado plazo se acordará sin más trámite el archivo de las actuaciones (artículo 81.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social); asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, las partes deberán indicar en la primera comunicación ante este Juzgado los datos relativos a número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, así como los cambios que puedan realizarse para poder ser utilizados como instrumentos de comunicación con las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2808/0000/61/0962/13.

Lo manda y firma su señoría, el magistrado-juez de lo social.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 53 a 62 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Jaime Alejandro Herrera Gutiérrez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.518/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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