Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140313-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 1

213
Procedimiento 306 de 2013

EDICTO

En los autos seguidos en este Juzgado a instancias de doña Carolina Fernández Fernández y doña Elvira Silvestre Miró, contra “Distribuciones Zanitram, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en materia laboral, se ha dictado resolución en fecha 3 de febrero de 2014 (auto desistiendo del recurso de suplicación interpuesto por la parte actora).

Contra dicha resolución puede interponerse, ante este Juzgado, recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado, sito en ronda Sant Pere, número 41, segunda planta, de Barcelona.

Y para que sirva de notificación en forma a “Distribuciones Zanitram, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o decreto, cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 3 de febrero de 2014.—La secretaria judicial, María Doganoc de León.

(03/5.642/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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