Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140313-212

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 3

212
Ejecución 34 de 2014

EDICTO

Don Donato Alférez Moral, secretario del Juzgado de lo social número 3 de Almería y su provincia.

Por medio del presente edicto hace saber: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el número de ejecución 34 de 2014, sobre cantidad, a instancias de don Tomas Andrijauskas, contra “Bursán Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Bursán Sistemas y Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, aparecen dictadas resoluciones, cuyos contenidos son como sigue:

Auto

En Almería, a 5 de febrero de 2014.—En atención a lo expuesto,

Parte dispositiva:

Procédase a la ejecución de la sentencia firme de condena recaída en las presentes actuaciones a instancias de don Tomas Andrijauskas, frente a las empresas “Bursán Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Bursán Sistemas y Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, por la cantidad de 608,24 euros de principal, más la de 60,82 euros que provisionalmente se fijan para intereses, así como la cantidad de 60,82 euros que se presupuestan para gastos y costas, sirviendo la presente resolución de orden general de ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con significación de que contra la misma cabe recurso de reposición en el que podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada en los términos contenidos en el artículo 239, punto 4, de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; todo ello ante este Juzgado en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social haber constituido el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial al número 0238000068003414, debiendo especificarse por la parte en el campo “Concepto” del documento que se trata de un “Recurso de reposición” seguido del código “30”.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Almería, don Juan Carlos Aparicio Tobaruela.—Doy fe.

Decreto

En Almería, a 5 de febrero de 2014.—En atención a lo expuesto,

Parte dispositiva:

Se acuerda que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada “Bursán Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Bursán Sistemas y Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, suficientes para cubrir la cantidad de 608,24 euros en concepto de principal, más la de 60,82 euros que provisionalmente se fijan para intereses y otros 60,82 euros que, igualmente, se presupuestan para gastos y costas, llevándose a cabo la traba por la comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica.

Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes organismos y registros públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos de las deudoras suficientes para dirigir la ejecución.

Dado que las ejecutadas tienen su domicilio en Madrid, notifíquese por medio de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese este decreto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de tres días ante el tribunal que dictó la orden general de ejecución, debiendo acreditar el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social haber constituido el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano en “Banesto”, entidad 0030, oficina 3085, al número 0238/0000/64/003414, debiendo especificarse por la parte en el campo “Concepto” del documento que se trata de un “Recurso de revisión” seguido del código “31”.

Así por este decreto lo acuerda y firma el secretario judicial del Servicio Común Procesal de Ejecución del Juzgado de lo social número 3 de Almería, don Donato Gabriel Alférez Moral.

Y para que conste y sirva de notificación a las demandadas “Bursán Seguridad, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Bursán Sistemas y Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, que se encuentran actualmente en ignorado paradero, y que su último domicilio conocido lo fue en la calle Pollensa, número 2, oficina 10, 28290 Las Rozas (Madrid), expido el presente en Almería, a 5 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.664/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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