Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140313-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

144
Ejecución 254 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 254 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Noelia Aroco Checa, frente a “Belanovia, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Noelia Aroco Checa, frente a la demandada “Belanovia, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 3.323,42 euros (de los que 2.871,96 euros son de cantidades debidas y 451,46 euros de intereses contados con arreglo a un tipo anual del 10 por 100, a excepción de las cantidades correspondientes a la indemnización y al plus de transporte), más 664,68 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Belanovia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.566/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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