Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140312-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

88
Procedimiento ordinario 392 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 392 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 1.175 de 2009

En Madrid, a 14 de septiembre de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 57 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario que con el número 392 de 2009 se ha sustanciado en esta sede, y en los que han sido partes: de un lado, y como demandante, “Santander Costumer, EFC”, representada por el procurador de los tribunales señor Sánchez Masa y asistida por el letrado señor Muñoz Arribas, y de otro lado, como demandados, “GMV Tecnología Segura, Sociedad Limitada”, y don Gerardo Martín Valero, declarados en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad y reivindicatoria.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador de los tribunales señor Sánchez Masa, en nombre y representación de “Santander Costumer, EFC”, contra “GMV Tecnología Segura, Sociedad Limitada”, y don Gerardo Martín Valero, debo condenar y condeno solidariamente a dichos demandados a que abonen a la entidad actora la cantidad de 8.516,92 euros, que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda. Y, asimismo, debo condenar y condeno solidariamente a dichos demandados a que abonen a la actora en concepto de daños y perjuicios: por el primero de los contratos a que se refieren las presentes actuaciones, la cantidad de 2.872,60 euros, y por el segundo de los contratos, una cantidad igual a la primera cuota contractual (287,26 euros) por cada mes o fracción de demora en la devolución del vehículo, contados desde julio de 2008.

Que, asimismo, debo declarar y declaro que la actora es legítima propietaria de los siguientes vehículos: vehículo marca “Citroën” modelo C4 1.6 HDI, con el número de chasis VF7LC9HXC74578594, el cual fue posteriormente matriculado con el número 2842FKY, y vehículo marca “Citroën”, modelo C4 1.6 HDI, con el número de chasis VF7LC9HX74578595, el cual fue posteriormente matriculado con el número 2831FKF, condenando a los demandados a que restituyan la posesión del último de los vehículos mencionados a la parte actora.

Se imponen las costas procesales a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes y dese cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse en el término de cinco días ante este Juzgado de conformidad con lo previsto en los artículos 457 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones, y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Gerardo Martín Valero y “GMV Tecnología Segura, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de la sentencia de fecha 14 de septiembre de 2009.

En Madrid, a 17 de mayo de 2013.—El secretario (firmado).

(02/1.115/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140312-88