Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140311-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55

73
Procedimiento ordinario 873 de 2011

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 873 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—Habiendo visto la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid, doña María del Mar Cabrejas Guijarro, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 873 de 2011, a instancias del procurador don José Luis Rodríguez, en nombre y representación de don José, don Vicente, doña Dolores, doña Francisca, don Federico y don Ramón Samper Guardiola; doña Aurora Ronda Menaches y don Juan José y doña Aurora Samper Ronda, contra “Promociones Integrales Interhouse, Sociedad Limitada”, dicta la presente a partir del siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don José Luis Rodríguez, en nombre y representación de don José, don Vicente, doña Dolores, doña Francisca, don Federico y don Ramón Samper Guardiola; doña Aurora Ronda Menaches y don Juan José y doña Aurora Samper Ronda, contra “Promociones Integrales Interhouse, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar a los actores la suma de 941.712,50 euros, así como los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, sin que proceda a la devolución a la parte actora del pagaré emitido serie QP número 2.545.389-2; todo ello condenando a la parte demandada al pago de las costas causadas.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose la original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Promociones Integrales Interhouse, Sociedad Limitada”, la sentencia dictada en las presentes actuaciones.

En Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/1.277/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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