Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2014

Sección 1.4.60.23: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140310-32

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

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NOTIFICACIÓN de 20 de febrero de 2014, de requerimiento de documentación a doña Ana Belén Turégano Santos, para la subsanación de su recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 5/AD/2013, de 10 de enero de 2013.

Ante la imposibilidad de notificar en el domicilio conocido, el requerimiento de subsanación de recurso de reposición presentado contra la Resolución 5/AD/2013, de 10 de enero de 2013, del Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, que acuerda la recuperación posesoria de la vivienda sita en la plaza de la Tubilla, número 6, bajo, de Madrid, se requiere a doña Ana Belén Turégano Santos para que en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta notificación, aporte copia del escrito que dice en su recurso de reposición haber presentado en fecha 5 de diciembre de 2012 y del cual no existe constancia en este Instituto. De no subsanar su escrito en el plazo indicado se continuará con la tramitación del citado recurso de reposición con la documentación obrante en el expediente; procediéndose a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos provistos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica, podrá ser examinado en el Área de Régimen Jurídico, del Instituto de la Vivienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas.

En Madrid, a 20 de febrero de 2014.—El Jefe del Área de Régimen Jurídico, Raúl Cepedano Fernández.

(03/6.871/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.60.23: I. COMUNIDAD DE MADRID

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