Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140306-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE PARLA NÚMERO 4

176
Procedimiento 502 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de jurisdicción voluntaria general número 502 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario, don Miguel Ángel Aguilar Ramírez.—En Parla, a 4 de febrero de 2014.

Examinados los autos y visto que no fueron citados por edictos los posibles acreedores desconocidos del difunto don Francisco de Juan Cano, se acuerda con carácter previo a la aprobación, en su caso, del inventario formado en acta de fecha 21 de mayo de 2013, la citación por edictos que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Parla y de este Juzgado, a los acreedores desconocidos del mismo difunto para que comparezcan el día 17 de marzo de 2014, a las nueve y treinta horas, para que puedan hacer valer sus derechos en orden al inventario del activo y del pasivo de la herencia de don Francisco de Juan Cano, bajo apercibimiento de que de no comparecer se tendrán en cuenta únicamente los créditos resultantes del acta de formación de inventario del día 21 de mayo de 2013.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición en el plazo de cinco días desde su notificación ante el secretario judicial que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los acreedores desconocidos del difunto don Francisdo de Juan Cano para que sirva de notificación y citación legal en forma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende la presente para que sirva de cédula de citación.

Parla, a 4 de febrero de 2014.—El secretario (firmado).

(02/1.287/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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