Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140306-348

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 5

348
Ejecución de títulos 34 de 2012

EDICTO

Doña María Ángeles Salvatierra Díaz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Santander.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 34 de 2012, seguido a instancias de doña Cecilia Triguero Cruz, doña María Rosa García Lavin, don Manuel Peña Gómez, doña Fernanda Cruz Fernández y don Federico Ruiz Lombilla, frente a “Almacenes Aguirre, Sociedad Limitada”, se ha acordado la enajenación mediante subasta del siguiente bien:

Inmueble: finca en Madrid número 11804.

Con IDUFIR número 28111000729115.

Tomo 2016. Libro 294.

Superficie registral: 424,63 metros cuadrados.

Antigüedad del inmueble: 1965.

Inscripción segunda, que obra al folio 58 del libro 294 de la sección primera.

Finca urbana: planta baja comercial con sótano sita en el número 214 de la carretera de Aragón, con vuelta a la de José Arcones Gil, de Vilcálvaro (Madrid).

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 30 de Madrid.

Valoración a efectos de subasta: 231.365,22 euros.

Valor pericial del mercado: 401.460,65 euros. Hipoteca a favor de “Banco Santander”, por importe de 170.095,43 euros. Total cargas anteriores 170.095,43 euros. Tipo de salida para la subasta: 231.365,22 euros.

Lugar, fecha y hora de celebración: día 10 de abril de 2014, a las diez, de este órgano.

Información y condiciones de la subasta:

1. La certificación registral y, en su caso, la titulación del inmueble que se subasta se encuentra de manifiesto en la sede de esta oficina judicial.

2. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.

3. Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y queda subrogrado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.

4. Para tomar parte en la subasta los postores deberán:

a) Identificarse de forma suficiente.

b) Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

c) Presentar resguardo de que han depositado, previamente, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano número 2778000064003412, en la entidad “Banesto”, o de que han prestado aval bancario por el 5 por 100 del valor de la finca a efecto de subasta. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se harán constar así en el resguardo. Finalizado el acto de la subasta se devolverán las cantidades depositadas, excepto la que corresponda al mejor postor y la de aquellos postores que expresamente lo soliciten para que, si el rematante no depositase en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a su favor.

5. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones indicadas en el apartado anterior. Estas posturas serán abiertas al inicio de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

6. Solo el ejecutante podrá hacer posturas reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de esta oficina judicial y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de la subasta, asimismo, la subasta se anunciará en el portal de subastas judiciales y electrónicas existentes y dependientes del Ministerio de Justicia y servirá de notificación al ejecutado, para el caso de resultar infructuosa la notificación personal, en la forma prevenida por la Ley.

Y para que conste expido el presente en Santander, a 7 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.152/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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