Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140306-301

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

301
Procedimiento ordinario 175 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 175 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Viñalta Peña, doña Sara Sánchez Cortés y doña Tania Gálvez Martín, frente a “Esteritex, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que debo estimar la demanda interpuesta por doña Sara Sánchez Cortés y doña Tania Gálvez Martín, contra “Esteritex, Sociedad Anónima”, y en su virtud, condenar a esta a que abone a aquellas las siguientes cantidades por los conceptos de la demanda: a doña Sara Sánchez Cortés 621,96 euros y a doña Tania Gálvez Martín 414,64 euros, más los intereses por mora del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esteritex, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.861/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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