Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140306-262

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

262
Procedimiento 111 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 111 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro María Vargas Arévalo, frente a don José Luis Gómez Vázquez, “Bouley, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Ente Moda, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 28 de enero de 2014 en los términos siguientes:

La parte actora desiste frente a “Bouley, Sociedad Limitada Unipersonal”, y don José Luis Gómez Vázquez.

El trabajador reconoce la procedencia del despido con fecha de efectos 20 de diciembre de 2012.

“Ente Moda, Sociedad Limitada Unipersonal”, reconoce las cantidades pedidas en el escrito de demanda, que son 12.286,80 euros netos en concepto de indemnización y preaviso y por salarios 8.540,53 euros netos, dentro de dicha cantidad está calculado el 10 por 100 de mora, pagaderos a través de cheque bancario en el domicilio de la empresa en el plazo de tres días.

El trabajador acepta.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2517/0000/61/0111/13.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Almudena Ortiz Martín.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bouley, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 28 de enero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.789/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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