Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140306-204

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

204
Ejecución 290 de 2013 (acumuladas 291 de 2013 y 292 de 2013)

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 492 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Ruiz de Pablo, don Guillermo Borragán Montero, don Javier Tobar Lumbreras, don Juan Miguel Mendoza Jiménez y don Sergio Miguel González Palacios, al que se han acumulado los procedimientos números 540 de 2013 y 551 de 2013 seguidos a instancias de don Tudor Alín Urs y don Carlos Hernández Crespo, respectivamente, frente a “Inresán Hybris, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 28 de enero de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en esta fecha ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don Guillermo Borragán Montero, don Sergio Miguel González Palacios, don Juan Miguel Mendoza Jiménez, don Ángel Ruiz de Pablo, don Javier Tobar Lumbreras, don Tudor Alín Urs y don Carlos Hernández Crespo, solicitando la ejecución de la sentencia por la que se condena a “Inresán Hybris, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 28 de enero de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de las partes ejecutantes por un total de 106.226,63 euros de principal, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora, más 6.373,58 euros y 10.622,64 euros de intereses y costas presupuestadas, de los cuales corresponden a don Guillermo Borragán Montero (8.845,10 euros de principal, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora, más 530,70 euros y 884,51 euros de intereses y costas), a don Sergio Miguel González Palacios (18.641,35 euros de principal, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora, más 1.118,48 euros y 1.864,13 euros de intereses y costas), a don Juan Miguel Mendoza Jiménez (22.228,42 euros de principal, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora, más 1.333,70 euros y 2.222,84 euros de intereses y costas), a don Ángel Ruiz de Pablo (11.626,85 euros de principal, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora, más 697,61 euros y 1.162,68 euros de intereses y costas), a don Javier Tobar Lumbreras (20.242,85 euros de principal, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora, más 1.214,57 euros y 2.024,85 euros de intereses y costas), a don Tudor Alín Urs (9.240,56 euros de principal, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora, más 554,43 euros y 924,05 euros de intereses y costas) y a don Carlos Hernández Crespo (15.401,50 euros de principal, más un interés anual del 10 por 100 anual en concepto de mora, más 924,09 euros y 1.540,15 euros de intereses y costas), frente a la demandada “Inresán Hybris, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2503/0000/00/0429/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Carmen Durán de Porras.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Inresán Hybris, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.856/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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