Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2014

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140304-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

OTROS ANUNCIOS

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Notificación valoración obligado al pago

Intentada por dos veces la notificación a los interesados, don Marco José Fernández Montero, con documento nacional de identidad número 7497033-E, y doña Nuria Sebastián Millán, con documento nacional de identidad número 7490790-N, se pone de manifiesto para su conocimiento que los Servicios Municipales de Recaudación han adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la valoración practicada sobre los bienes inmuebles embargados a la cantidad de 434.708,40 euros y, dado que existen cargas de carácter real, se deducirán las cuentas necesarias para la cancelación de la hipoteca existente.

Segundo.—Proceder a la enajenación mediante subasta del bien, finca urbana ubicada en la calle Chamberí, número 7, del municipio de Becerril de la Sierra, y referencia catastral 8269102VL1086N0001ZH, respecto de los cuales los deudores don Marco José Fernández Montero y doña Nuria Sebastián Millán ostentan el derecho de propiedad (50 por 100) en pleno dominio por compraventa con carácter privativo, embargado en dicho procedimiento, para cuyo acto se señala el día 3 de abril de 2014, a las doce horas, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.

La presente notificación se practica a efectos de cumplimiento de cuanto señala el artículo 101.2 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, advirtiéndole, asimismo, de que, en cualquier momento anterior al de la adjudicación de los bienes embargados, podrán ser liberados estos mediante el pago de las cantidades establecidas en el artículo 169.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Contra la presente notificación al interesado, en virtud del artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el tesorero. La interposición de este recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes, con la excepción de lo establecido en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.

Igualmente, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, o al de la recepción de la resolución del recurso de reposición, si esta fuera expresa, o en los seis meses siguientes al de su interposición, si no recayera resolución expresa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pueda estimar como más pertinente a su derecho.

En Becerril de la Sierra, a 3 de febrero de 2014.—El alcalde, José Conesa López.

(02/840/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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