Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140301-29

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

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Procedimiento 327 de 2013

EDICTO

En este Juzgado, y con el número 327 de 2013, se siguen autos de determinación de las relaciones paterno-filiales, a instancias de la procuradora doña Paloma Briones Torralba, en nombre y representación de doña Erika Anabel Camacho Benites, contra don Edison Albán Benalcasar, declarado en rebeldía procesal, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 42 de 2014

Vistos por mí, doña Ana Belén López Otero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, las presentes actuaciones de juicio verbal tramitadas con el número 327 de 2013, en el que han intervenido: como demandante, doña Erika Anabel Camacho Benites, representada por el procurador de los tribunales señor Oterino Menéndez y asistida por la letrada señora Vergara Tomé, y como demandado, don Edison Albán Benalcasar, en situación de rebeldía procesal, interviniendo, asimismo, el ministerio fiscal ejerciendo las funciones que la Ley le asigna, en virtud de las siguientes consideraciones.

Parte dispositiva:

Dispongo: Estimar parcialmente la demanda interpuesta por doña Erika Anabel Camacho Benites, frente a don Edison Albán Benalcasar y, en consecuencia, se fijan como medidas para la regulación de las relaciones paterno-filiales de la hija menor habida en común, la siguiente:

La guarda y custodia de la hija menor habida en común, Ashley Anabel, se atribuye a la señora Camacho Benites, siendo compartido el ejercicio de la patria potestad.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado don Edison Albán Benalcasar, haciendo constar que la parte demandante doña Erika Anabel Camacho Benites es beneficiaria del derecho a asistencia jurídica gratuita.

En Madrid, a 30 de enero de 2014.—La secretaria (judicial).

(03/4.424/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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