Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140225-17

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

17
Aprobación estatutos asociación administrativa propietarios

La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 7 de enero de 2014, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Esta Junta de Gobierno, en su sesión del 21 de mayo de 2013, aprobó inicialmente los estatutos de la asociación administrativa de propietarios del sector “Los Carriles”, sometiendo el expediente al trámite de información pública con notificación a los titulares de derechos en el sector. Practicada esta exposición, se han formulado ante el Ayuntamiento una serie de alegaciones por diversos particulares, dedicadas exclusivamente a proponer una modificación en la relación de propietarios del sector, al no cuestionar en ningún caso el contenido de aquellos estatutos.

Por todo lo anterior, vistos los informes elaborados por los servicios técnicos municipales, y su propuesta de aceptación o rechazo de cada una de las alegaciones citadas, en el marco de lo previsto en los artículos 161 y siguientes y 191 a 193 del Reglamento de Gestión Urbanística de 1978 y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.a) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, esta Junta de Gobierno Local acuerda:

I. Aprobar definitivamente los estatutos de la asociación administrativa de cooperación del sector “Los Carriles”, promovida su creación por diversos propietarios del ámbito para la ejecución del futuro planeamiento de ese ámbito del suelo urbanizable del vigente Plan General de 2009.

Con esta aprobación se eleva a definitivo el contenido de aquellos estatutos, manteniendo la redacción de los mismos aprobada inicialmente e introduciendo exclusivamente una serie de cambios de detalle en la relación de propietarios del sector, al estimar algunas alegaciones formuladas con ese objetivo durante la información pública del expediente.

II. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación individualizada a los propietarios del sector y a cuantos interesados formularon alegaciones durante la información pública de este expediente, acompañando en este caso los informes municipales que sirven de motivación al sentido estimatorio o no de aquellas.

En la citada notificación se requerirá a quienes siendo propietarios afectados y no hubieren solicitado su incorporación a la asociación para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo de un mes desde aquella comunicación.

III. Designar representante de esta Corporación en la asociación de propietarios del sector “Los Carriles” a don Juan Luis Álvarez Antolínez, director general de Urbanismo y Obras.

IV. Facultar al primer teniente de alcalde, delegado del Área de Desarrollo Urbano, para que, una vez transcurrido el plazo a que se refiere el apartado II de este acuerdo, requiera a los interesados para que constituyan la asociación de propietarios, en los términos y condiciones previstos en los artículos 163 y 192 del Reglamento de Gestión Urbanística ya citado».

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo transcrito, significando que contra ese acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el boletín oficial indicado.

Alcobendas, a 5 de febrero de 2014.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/1.000/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140225-17