Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140221-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

206
Procedimiento ordinario 180 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Yolanda Caballero Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 180 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Cobos Róger, frente a “Tedyled Technology, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia número 507 de 2013, de fecha 16 de diciembre de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimo la demandada formulada por doña Silvia Cobos Róger, frente a “Tedyled Technology, Sociedad Limitada”, y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la suma de 12.082,84 euros brutos por los conceptos relacionados en el ordinal segundo de la presente resolución; la deuda salarial, ascendente a 9.920,38 euros, será incrementada en un 10 por 100 de interés anual por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tedyled Technology, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.166/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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