Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140218-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 43

80
Procedimiento ordinario 430 de 2012

EDICTO

Doña Carmen Grágera de Torres, secretaria del Juzgado de primera instancia número 43 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 430 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

Magistrada-juez de primera instancia, doña Carmen Iglesias Pinuaga.—En Madrid, a 13 de enero de 2014.

Parte demandante, “Lico-Leasing, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María Belén Montalvo Soto, y parte demandada, “Puerta de Alcalá Hostelería, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don José Ángel Donaire Gómez; don Jorge Ramsés Llovet Tarodo y don Javier Gómez Recio, no comparecen al estar en rebeldía procesal, y el tercera interviniente, “Plaza de Independencia 4, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña María Concepción Delgado Azqueta, siendo objeto del juicio la resolución del contrato de arrendamiento financiero o “leasing”, la devolución de los bienes muebles y enseres objeto del arrendamiento financiero, el pago de las cuotas vencidas y pendientes de vencimiento.

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de “Lico-Leasing, Sociedad Anónima”, contra la mercantil “Puerta de Alcalá Hostelería, Sociedad Limitada”, don Jorge Ramsés Llovet Tarodo y don Javier Gómez Recio, y declaro resuelto el contrato de arrendamiento financiero suscrito entre las partes, y condeno a este, el arrendamiento financiero, a reintegrar a la actora la posesión de los bienes objeto del mismo, y a los tres codemandados, de forma solidaria, al pago de la suma de 6.729,06 euros en concepto de cuota vencida e impagada, 33.645,30 euros en concepto de indemnización por incumplimiento, 13.458,12 euros por el uso de los bienes durante los meses de enero y febrero de 2012, más las cuotas que venzan hasta que se produzca la efectiva devolución de los bienes y enseres, así como el 2 por 100 mensual en concepto de interés de demora desde que se produjo el impago, estimando la ampliación de demanda presenta contra la mercantil “Plaza Independencia 4, Sociedad Limitada”, a los efectos dispuestos en el fundamento de derecho cuarto de la presente sentencia. Los codemandados “Puerta de Alcalá Hostelería, Sociedad Limitada”, don Jorge Ramsés Llovet Tarodo y don Javier Gómez Recio deberán abonar las costas del presente procedimiento.

Así por esta mi sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de esta capital, en el plazo de veinte días.

Lo pronuncio, mando y firmo.—Firmado y rubricado.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado don Javier Gómez Recio, en ignorado paradero y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 12 de septiembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/637/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140218-80