Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2014

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140218-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Retribuciones concejales

En la sesión ordinaria del Pleno Municipal, celebrada el 30 de enero de 2014, se aprobó la modificación de las retribuciones de los concejales en los siguientes términos:

Primero.—Aprobar el régimen de retribuciones de los concejales de la Corporación Municipal, con dedicación exclusiva y parcial, según y en los términos que se establece a continuación:

a) Se mantendrán con dedicación exclusiva los concejales que se enumeran a continuación:

— Doña Clara Torre Ruiz.

— Don Raúl Cristóbal Barranco.

— Doña María Cruz García González.

b) A los concejales con “dedicación parcial”, en virtud del repetido acuerdo Pleno de 7 de julio de 2011, don Manuel Tello Gordillo y doña Teresa Massó Perona, se añade el concejal que se especifica a continuación, percibiendo las siguientes retribuciones:

— Don Ramón Polo Martínez, que percibirá una retribución de 17.500,00 euros brutos anuales, con efectos retroactivos desde el día 31 de diciembre de 2013, fecha de entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, con dedicación parcial de un mínimo de 61 por 100 de horas diarias en días laborables de lunes a viernes.

Segundo.—Mantener en sus mismos términos, y en todo lo no afectado por el presente acuerdo, el acuerdo Pleno, “Régimen de dedicación y cuantía de las retribuciones a percibir por los concejales de la corporación municipal”, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Torres de la Alameda en sesión celebrada el 7 de julio de 2011.

En Torres de la Alameda, a 3 de febrero de 2014.—La alcaldesa-presidenta, Clara Torre Ruiz.

(03/3.804/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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