Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140218-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

OTROS ANUNCIOS

37
Notificación colocación testigos

Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la resolución de la Concejalía de Urbanismo de 14 de agosto de 2013, a doña Aurea Termis Soto y don Fernando Padilla Olmedo, relativo a la colocación de testigos en zonas medianeras con edificio colindante y columna medianera en calle Mayor, número 77, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:

«Dada cuenta a mi autoridad a través del informe emitido por el Comité de Seguimiento del Plan Especial de Protección del Casco Histórico en el que se pone de manifiesto que:

“En relación a la denuncia presentada por doña María Teresa Rodríguez Pérez, en fecha 29 de junio de 2010, y a la vista del expediente recibido por este Comité el 12 de abril de 2013, se informa:

El edificio de calle Mayor, número 77, se encuentra aparentemente abandonado sin posibilidad de acceso a su interior.

Respecto a la documentación fotográfica aportada por la denunciante, y en concreto la columna que aparece agrietada y contrastando con el estado actual, no se aprecian cambios importantes, por lo que el estado estructural no parece haber experimentado cambios importantes.

No obstante, y con el fin de efectuar un correcto seguimiento de la estructura del edificio deberá ordenarse:

— Colocación de testigos en las zonas de medianería con el edificio colindante, número 75 de la calle Mayor, y en la columna en la que se apoyan los dos edificios: 75 y 77.

— La valoración estimada de estos trabajos asciende a 1.000 euros.

— Plazo de ejecución quince días”.

De conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,

En virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por resolución de la Alcaldía-Presidencia número 1945/2012, de 18 de julio, y por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión celebrada el 23 de julio de 2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124.5 y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 49 y 64 del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento, vengo en disponer:

l.o Requerir a doña Aurea Termis Soto y don Fernando Padilla Olmedo, para que procedan en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, a la colocación de testigos en las zonas de medianeras con edificio colindante número 75 de calle Mayor, y de la columna en la que apoyan los dos edificios 75 y 77, en calle Mayor, número 77. Realizándose en tanto una vigilancia sistemática de la misma y tomándose las medidas necesarias caso de inminente desprendimiento a la vía pública. Con apercibimiento de que no hacerlo así el Ayuntamiento lo podrá realizar, a costa del obligado, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y según la valoración efectuada por los Servicios Técnicos Municipales que asciende a la cantidad de 1.000 euros, corriendo todos los gastos, daños y perjuicios a cargo del obligado, teniendo dicho importe carácter de provisional y pudiendo el Ayuntamiento exigir su pago antes de la ejecución de dichas obras, y siempre a reserva de la liquidación definitiva una vez finalizadas las mismas.

2.o Conceder trámite de audiencia y vista del expediente a los interesados por un plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el cual podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes a la valoración efectuada. Significándole a los interesados que al finalizar este plazo y vistas las alegaciones que, en su caso, sean realizadas, se dictará la resolución definitiva que corresponda, así como que en caso de no presentar alegaciones en el plazo establecido, esta resolución se elevará automáticamente a definitiva en todos sus términos y consecuencias.

3.o Notifíquese esta resolución a los interesados con la prevención de los recursos que procedan».

Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá usted interponer recurso de reposición potestativo ante esta Corporación en el plazo de un mes, siguiente al de la fecha de recibo de la presente notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (artículos 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Caso de interponer recurso de reposición potestativo, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado citado por el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquel que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. Si dicho recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Todo ello sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 13 de enero de 2014.—La directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística, por delegación del secretario-titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de 12 de septiembre de 2012 (firmado).

(02/581/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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