Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
10-02-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140210-161

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

161
Procedimiento ordinario 566 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 566 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel de la Cámara Sosa y doña María Luisa Villar Ponce, frente a “TMV, Sociedad Limitada”, y “Vagtex, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimo la demanda interpuesta por las demandantes contra las empresas “Vagtex, Sociedad Limitada”, y “TMV, Sociedad Limitada”, y condeno solidariamente a las empresas “Vagtex, Sociedad Limitada”, y “TMV, Sociedad Limitada”, a abonar a las demandantes la cantidad que a continuación se indica, más el interés por mora del 10 por 100:

A doña María Isabel de la Cámara Sosa: 1.928,30 euros.

A doña María Luisa Villar Ponce: 1.738,18 euros.

Condeno a la administración concursal “KPMG Consursal, Sociedad Limitada Profesional”, y “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, a estar y pasar por esta resolución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “TMV, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.205/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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