Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140205-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

94
Juicio verbal 1.452 de 2011

EDICTO

Don Fernando Javier Navalón Romero, secretario del Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid.

Hago Saber: Que en el procedimiento de juicio verbal número 1.452 de 2011 se ha dictado la resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 56 de 2013

Juez que la dicta: don Lorenzo Valero Baquedano.

Lugar: Madrid.

Fecha: 22 de marzo de 2013.

Parte demandante: don Abderrahim Naga Guatioune y “Génesis Seguros Generales, Sociedad Anónima”.

Procuradoras: doña María Gemma Fernández Saavedra y doña Adela Cano Lantero.

Parte demandada: don Félix Martín García de la Cruz, don Juan Estalin Bocanegra Carrera, “Mapfre”, Mutua MMT Seguros y don Abderrahim Naga Guatioune.

Procuradores: sin profesional asignado, sin profesional asignado, doña María Susana Sánchez García, doña María Gemma Fernández Saavedra y doña María Gemma Fernández Saavedra.

Objeto del juicio: otras materias.

Fallo

Que estimando en parte la demanda de juicio verbal interpuesta por la procuradora doña Gemma Fernández Saavedra, en nombre y representación de don Abderrahim Naga Guatioune, debo condenar y condeno a los demandados don Félix Martín García de la Cruz, don Juan Estalin Bocanegra Carrera y “Mapfre Familiar, Sociedad Anónima”, a que, tan pronto sea firme esta resolución, abonen en forma solidaria a la parte actora la cantidad de 1.632,80 euros, más intereses procesales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y sin especial imposición de las costas procesales causadas.

Que estimando la demanda de juicio verbal formulada por la procuradora doña Adela Cano Lantero, en nombre y representación de “Génesis Seguros”, contra “Mapfre Familiar, Sociedad Anónima”, y don Félix Martín García de la Cruz, debo condenar y condeno a los expresados demandados a que, tan pronto sea firme esta resolución, abonen en forma solidaria a la demandante la cantidad de 1.057 euros, más intereses legales desde la fecha de interposición judicial de la demanda. Debo absolver y absuelvo a los también demandados Mutua Madrileña de Taxis y don Abderrahim Naga Guatioune de las pretensiones deducidas por la parte actora. Se imponen las costas causadas a los demandados respecto a los que se extiende el pronunciamiento condenatorio, a excepción de las costas motivadas por los demandados absueltos, respecto a los que no se hace imposición.

Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Félix Martín García de la Cruz y don Juan Estalin Bocanegra Carrera, para que sirva de notificación en legal forma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende el presente.

Madrid, a 14 de enero de 2014.—El secretario (firmado).

(02/437/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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