Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140205-106

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

106
Juicio 1.493 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 1.493 de 2012, promovido por doña Yénifer Sánchez Moraleda, sobre despido.

Persona que se cita: “Hostelería Jusjus Casagrande, Sociedad Limitada”, “Distribuciones Alimenticias Fersan, Sociedad Limitada”, “Euroboliviana de Inversiones, Sociedad Limitada”, doña Eliana Viruez Pinto y don Javier Justiniano Justiniano, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir al/a los acto/s de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por doña Yénifer Sánchez Moraleda, “Hostelería Jusjus Casagrande, Sociedad Limitada”, “Distribuciones Alimenticias Fersan, Sociedad Limitada”, “Euroboliviana de Inversiones, Sociedad Limitada”, doña Eliana Viruez Pinto y don Javier Justiniano Justiniano, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinente.

Lugar y fecha en la que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 2, ubicada en la planta segunda, el día 13 de febrero de 2014, a las diez horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparece y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

Diligencia.—En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por doña Yénifer Sánchez Moraleda contra don Javier Justiniano Justiniano, doña Eliana Viruez Pinto, “Euroboliviana de Inversiones, Sociedad Limitada”, “Distribuciones Alimenticias Fersan, Sociedad Limitada”, y “Hostelería Jusjus Casagrande, Sociedad Limitada”, en materia de despido.—Doy fe.

Decreto

La secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Yénifer Sánchez Moraleda, frente a don Javier Justiniano Justiniano, doña Eliana Viruez Pinto, “Euroboliviana de Inversiones, Sociedad Limitada”, “Distribuciones Alimenticias Fersan, Sociedad Limitada”, y “Hostelería Jusjus Casagrande, Sociedad Limitada”, despido que se sustanciará por las reglas de demanda.

2. Citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el 13 de febrero de 2014, a las diez horas, sin perjuicio de la admisión de los medios de prueba, que tendrá lugar en el acto de juicio, que se celebrará en la calle Princesa, número 3, planta segunda, sala del Juzgado número 1.

En la cédula de citación a las partes se consignarán las siguientes advertencias y apercibimientos.

A la parte demandante, que si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda.

A la parte demandada, que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda. Asimismo, el demandado pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado por procurador o graduado social colegiado, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Si no se asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

A la parte demandada, que en caso de solicitarse en el escrito de demanda y se admita en el acto de juicio la prueba de interrogatorio de parte, se le podrá tener por confeso en el caso de no comparecer o hacerlo por persona que desconozca los hechos de la demanda. Se le advierte que no es necesario que el representante procesal de la empresa concurra la condición de miembro del órgano de administración de la sociedad.

Se indicará también a las partes que en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos o cualquier otro medio de prueba, deberán pedirlo al menos con cinco días de antelación a la fecha del juicio, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el Tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Asimismo, se indicará a ambas partes de que deben comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

En Madrid, a 7 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.826/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140205-106