Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140128-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

178
Procedimiento 1.184 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Yolanda Caballero Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.184 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio Rodríguez Cortés, frente a “Intemper Española, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 9 de diciembre de 2013 siguiente:

Sentencia número 499 de 2013

En Madrid, a 9 de diciembre de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez de lo social del número 28 de los de Madrid, doña Begoña García Álvarez, los presentes autos número 1.184 de 2012 seguidos a instancias de don Ignacio Rodríguez Cortés, que comparece asistido por el letrado don Jesús Gonzalo Tomey, contra “Intemper Española, Sociedad Limitada”, administrador concursal don Jesús Verdes Lezana y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre reclamación de cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente,

Fallo

Que estimo la demanda formulada por don Ignacio Rodríguez Cortés, frente a “Intemper Española, Sociedad Limitada”, y condeno a dicha demandada a que abone al actor la suma de 17.000 euros por los conceptos relacionados en el ordinal segundo de la presente resolución. Dichas cuantías serán incrementadas en el 10 por 100 de interés anual por mora desde que fue exigible el pago hasta la declaración del concurso.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2 de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300,00 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento. Y en aplicación de la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, deberá acompañar, en el mismo momento procesal, el justificante del pago de la tasa, con arreglo al modelo oficial debidamente validado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Intemper Española, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/873/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140128-178