Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140128-70

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación competencias

La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido decreto 25/2014, de 8 de enero, cuyo texto íntegro dice:

«En virtud de las competencias que se me confieren con lo dispuesto en el artículo 21.2.3 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y los artículos 41, 43, 44, 45 y 46 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, decreto:

Primero.—Revocar el decreto de Alcaldía 1539/2012, de 26 de octubre, sobre delegación de competencias.

Segundo.—Nombrar tenientes de alcalde a:

— Primera teniente de Alcaldía, doña María José Soria Hurtado, quien tendrá, además, las competencias de asistencia, apoyo y cobertura a la Alcaldía.

— Segunda teniente de Alcaldía, doña María Olga Bueno Dueñas.

— Tercera teniente de Alcaldía, doña Teresa Angullo García.

— Portavoz, doña María Olga Bueno Dueñas.

Tercero.—Delegar en los concejales/as que a continuación se especifican y para las materias que se indican:

— Concejalías de Personal/Servicios Generales/Movilidad Ciudadana/Relaciones Institucionales e Información, doña María José Soria Hurtado, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

• Área de Personal.

Recursos Humanos.

– Impulso de los expedientes relacionados con la selección de personal.

– Seguimiento y dirección política de los derechos y deberes del personal, así como la presidencia de los órganos de relacionados con la negociación colectiva.

– Organización y seguimiento del personal adscrito a las Áreas.

• Área de Servicios Generales.

Impulso y dirección política de todas las competencias concernientes al Área de Servicios Generales, y en concreto:

– Seguimiento y planificación de la limpieza viaria y residuos.

– Mobiliario municipal.

– Seguimiento y planificación de la recogida de los vertidos sólidos y urbanos.

– Seguimiento del vertedero municipal.

– Organización y seguimiento del polígono industrial en lo referente a recogida de residuos.

– Seguimiento, planificación y concesión, en su caso, de los permisos a que diera lugar el cementerio y tanatorio municipal.

– Seguimiento del servicio de alumbrado público.

– Seguimiento y control del mantenimiento de las infraestructuras municipales.

– Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillado (licencia de cala, etcétera).

– Organización del personal afecto al Área.

• Parques y Jardines.

Impulso y dirección política de todas las competencias concernientes a estas Áreas, y en concreto:

– Mantenimiento de las zonas verdes.

– Organización y seguimiento del personal adscrito a estas Áreas.

• Área de Movilidad Ciudadana.

– Impulso y dirección política de las competencias propias en transporte, así como el seguimiento de aquellas competencias que, siendo de la Comunidad de Madrid o del Estado, afecten al transporte exterior de este municipio.

– Organización y seguimiento del personal adscrito a estas Áreas.

• Área de Relaciones Institucionales.

– Asistencia y apoyo en materia de relaciones con otras Administraciones.

– Coordinación de la información y de las comunicaciones que tengan lugar que genera el Ayuntamiento.

• Área de Información.

– Impulso y dirección de la revista municipal.

– Gestionar la información.

– Gestión de la web municipal.

– Organización y seguimiento del personal adscrito a estas Áreas.

— Concejalías de Educación/Cultura/Deportes y Festejos, doña María Olga Bueno Dueñas, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

• Área de Educación.

Impulso y dirección política de las competencias que en materia de educación pueda tener el Ayuntamiento, y en concreto:

– Escuelas públicas municipales, incluida la representación del Ayuntamiento en los órganos propios de las mismas.

– Actividades de carácter docente dirigidas a la mejor formación de la población en general.

– Escuela Infantil Municipal.

– Escuela de Adultos.

– Escuela Municipal de Música, Danza y Teatro.

• Área de Cultura.

Impulso y dirección política tendentes al fomento de la Cultura en el municipio, y en concreto en:

– Realización de actividades culturales en el municipio.

– Impulso institucional del auditorio municipal.

– Impulso institucional de la biblioteca municipal.

– Organización y seguimiento del personal adscrito a estas Áreas.

• Área de Deportes.

Impulso y dirección política de todas las actividades deportivas dentro del municipio, lo que se concreta en:

– Seguimiento del IDM (Instalaciones Deportivas Municipales) y de las actividades que se realizan dentro de su ámbito.

– Impulso de las actividades de carácter deportivo.

– Organización y seguimiento del personal adscrito al Área.

• Área de Festejos.

Organización, impulso y promoción de las festividades locales y, en concreto, el impulso, seguimiento y gestión de las fiestas patronales e impulso, gestión y dirección de los asuntos y festejos taurinos.

— Concejalía de Hacienda y Recursos Financieros/Familia y Desarrollo Económico, doña Teresa Angullo García, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

• Área de Hacienda y Recursos Financieros.

Impulso y dirección política del seguimiento presupuestario, y en concreto:

– Asunción de las tareas propias de la Tesorería-Recaudación.

– Seguimiento de la ejecución presupuestaría.

– Organización y seguimiento del personal adscrito a estas Áreas.

• Área de Familia.

Impulso, seguimiento y ejecución de políticas de protección y asistencia a la familia en los siguientes ámbitos:

Servicios Sociales:

Impulso y dirección política de las competencias en Servicios Sociales que tenga asignado el municipio, lo que se concreta en:

– Vocal de la Mancomunidad de Servicios Sociales, relaciones con la misma.

– Organización de las actividades propias de los Servicios Sociales del municipio en relación con la Mancomunidad o fuera de esta.

– Actividades sociales.

– Servicios Sociales de carácter general.

Mayores:

Impulso y dirección política de los derechos de las personas mayores, y en concreto:

– Relaciones institucionales con el colectivo de la tercera edad.

– Casa de la Tercera Edad.

– Actividades de la tercera edad.

Igualdad:

Impulso y dirección política tendentes a la efectiva integración de las mujeres en la sociedad, y en concreto en:

– Promoción de actividades para la mujer.

– Coordinación con las actividades de otras Áreas que puedan fomentar estos fines.

– Seguimiento del desarrollo de los planes de igualdad entre hombres y mujeres.

– Dirección del Centro Asesor de la Mujer.

– Organización del personal afecto al Área.

• Área de Desarrollo Económico.

– Impulso y promoción de planes de empleo y formación.

– Relación con agentes sociales y desarrollo económico.

– Bolsa de empleo. Gestión de la oferta y demanda de empleo.

– Planificación y gestión de todos aquellos aspectos que favorezcan el desarrollo socioeconómico del municipio.

– Impulso, promoción y desarrollo del turismo medioambiental.

– Convenios Servicio Regional de Empleo y Corporaciones Locales.

– Escuelas-taller y casas de oficio.

– Talleres de empleo.

– Formación continua. Formación ocupacional y orientación para el empleo y el autoempleo.

– Ventanilla única empresarial. Oficina de asesoramiento empresarial.

– Servicio de asesoramiento empresarial.

– Organización y seguimiento del personal adscrito a estas Áreas.

— Concejalía de Sanidad/Salud/Consumo y Medio Ambiente, doña Victoria Algobia Soria, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

• Área de Sanidad.

Impulso y dirección política de las competencias que se atribuyan al Ayuntamiento, y en concreto:

– Seguimiento y control de la política sanitaria dentro del municipio.

– Seguimiento y control del servicio sanitario y en especial del centro de salud municipal.

– Impulso y seguimiento de la política sanitaria animal.

– Organización del personal afecto al Área.

– Control y seguimiento técnico-sanitario de las licencias de actividad.

• Área de Consumo.

– Impulso y seguimiento de la gestión de la Mancomunidad de Consumo “Henares-Jarama”.

– Impulso y seguimiento de la política de consumo.

– Seguimiento del servicio de información al consumidor que se desarrolla en el municipio.

• Medio Ambiente.

– Impulso y dirección de todo lo tendente a fomentar un medio ambiente acorde con las necesidades que demanda nuestra población.

– Organización del personal afecto al Área.

— Concejalía de Infancia, Juventud/Calidad y Modernización de Servicios y Nuevas Técnologias/Participación Ciudadana e Inmigración, doña Míriam Marín Sánchez, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía:

• Área Infancia y Juventud.

Impulso y dirección política de las iniciativas que han de cubrir la banda poblacional denominada infancia y juventud, a fin de fomentar su mejor incorporación activa a todos los aspectos sociales, y en concreto:

– El fomento de actividades que cumplan dicho fin.

– La Casa de la Juventud.

– Protección y atención de los niños y niñas de la localidad.

– Organización del personal afecto al Área.

• Área de Calidad y Modernización de Servicios.

– Puesta en marcha de la nueva forma de relacionarse con la administración.

– Creación del “Portal del Ciudadano” que permitirá el acceso, la relación y la gestión de los vecinos con el Ayuntamiento.

– Implantación de nuevas tecnologías en las distintas Concejalías.

– Organización del personal afecto al Área.

• Área de Participación Ciudadana.

– Relaciones con las distintas asociaciones municipales de la localidad.

– Representación del Ayuntamiento en el Consejo de Participación Ciudadana.

– Impulso y seguimiento de los expedientes de subvención a las asociaciones municipales.

– Coordinación del Centro de Asociaciones.

• Área de Inmigración.

– Relaciones con las distintas asociaciones de inmigrantes de la localidad.

Cuarto.—En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales-delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Además, esta Alcaldía asume directamente las competencias relativas a Ordenación del Territorio/Licencias de Obra y Apertura/Seguridad.

• Ordenación del Territorio.

Impulso y dirección de todas las competencias concernientes al Área de Ordenación del Territorio, y en concreto:

– Obras mayores.

– Seguimiento de obras mayores e infraestructuras.

– Planeamiento de desarrollo y gestión urbanística.

– Seguimiento de la gestión catastral.

– Organización del personal afecto al Área.

• Licencias de apertura y obras.

– Seguimiento y concesión de las licencias de obras menores.

– Seguimiento y concesión de las licencias de apertura.

– Organización y seguimiento del personal adscrito a estas Áreas.

• Área de Seguridad.

Impulso y dirección política de las cuestiones concernientes al Área de Policía Local, y en concreto:

– Circulación viaria.

– Política de Seguridad Ciudadana dentro del municipio.

– Dirección, seguimiento y control del Cuerpo de Protección Civil.

– Dirección, seguimiento, control y organización del personal de la Policía Local.

– Resolución de los expedientes de sanción administrativa asignados al Área de Policía Local.

– Resolución de los expedientes de retirada de vehículos.

Quinto.—La delegación general de competencias a favor de los citados concejales a la que anteriormente se ha hecho referencia, comportará, tanto la facultad de dirección del Área correspondiente como su gestión, incluida la firma de cuantos documentos de trámite o definitivos, incluidas la propuestas de resolución y los decretos, sean necesarias para la ejecución de la citada delegación.

Sexto.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a las siguientes concejales:

— Doña María José Soria Hurtado.

— Doña Teresa Angullo García.

— Doña María Olga Bueno Dueñas.

— Doña Victoria Algobia Soria.

Séptimo.—Delegar en la Junta de Gobierno Local las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

Octavo.—Notificar este nombramiento a los concejales designados.

Noveno.—Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.

Décimo.—El presente decreto de delegación de competencias anula los anteriores efectuados hasta la fecha.

Undécimo.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del ROFCL».

Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.

En Velilla de San Antonio, a 13 de enero de 2014.—El Secretario General, Jesús Santos Oñate.

(03/1.290/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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