Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2014

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140124-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Modificación de crédito

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se hace constar que el expediente de modificación de créditos que a continuación se cita, ha estado expuesto al público a efectos de reclamaciones durante el plazo legalmente establecido, sin que durante ese período se haya producido reclamación y/o sugerencia alguna al mismo, por lo que su aprobación inicial pasa a ser aprobación definitiva.

— Expediente 3/39/2013MC de créditos extraordinarios.

Dicho expediente fue aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2013.

Según lo dispuesto en el artículo 23.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, en concordancia con el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer directamente contra los expedientes indicados, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, sin perjuicio de poder efectuar cualquier otro recurso que se estime oportuno.

San Fernando de Henares, a 20 de enero de 2014.—El alcalde, Ángel Moreno García.

(03/1.784/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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