Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140122-144

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

144
Procedimiento 756 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 756 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paloma Ruano Abad, frente a “Newair and Glamour, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia de fecha 3 de diciembre de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Paloma Ruano Abad, frente a la empresa demandada “Newair and Glamour, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro el despido improcedente y extinguida la relación laboral de la trabajadora demandante con la empresa demandada en la fecha de 3 de diciembre de 2013, y condeno a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración y a que abone a la actora la siguiente cantidad en concepto de indemnización que asciende a 1.162,91 euros. Igualmente, la empresa debe abonar los salarios dejados de percibir desde el despido (11 de mayo de 2013) y hasta la fecha de la presente resolución, lo que supone doscientos dos días, siendo el salario/día de 12,33 euros, supone una cantidad de 2.490,19 euros, que la empresa debe abonar en concepto de salarios de tramitación.

Igualmente, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 610,28 euros en concepto de salarios devengados y no abonados (siete días de mayo y la liquidación), más el 10 por 100 de interés por mora.

Y se condena a las partes a estar y pasar por la presente resolución con las consecuencias jurídicas y económicas que se derivan de la misma.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte de que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recurso, deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo social en el “Banco Español de Crédito” con el número 2524/0000/00/756/2013, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros en esa misma cuenta bancaria.

Asimismo, la parte recurrente, al interponer el recurso, habrá de justificar el abono de la tasa legalmente establecida para este tipo de recurso.

Así lo acuerda, manda y firma doña Henar Merino Senovilla, magistrada-juez de lo social número 26 de Madrid.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Newair and Glamour, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de diciembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/463/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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