Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140120-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

102
Procedimiento 978 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 978 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gregorio Benítez Díaz, frente a “Favetec, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución en fecha 9 de diciembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Estimo la demanda formulada por don Gregorio Benítez Díaz, frente a “Favetec, Sociedad Limitada Unipersonal”, y declaro la improcedencia de la decisión extintiva del contrato de trabajo del actor de efectos de fecha 10 de junio de 2013, y siendo irrealizable la readmisión por desaparición de la empresa, declaro en esta fecha extinguido el contrato de trabajo que unía a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por tales declaraciones, así como a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 1.424,44 euros, y por los salarios de tramitación del período 11 de junio a 5 de diciembre de 2013 la cantidad de 9.168,60 euros (ciento setenta y siete días por 51,80 euros/día). Y estimando la reclamación de cantidad, condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de 3.515,89 euros, con más 175,79 euros en concepto del 10 por 100 de interés anual por mora.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Favetec, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/334/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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