Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140120-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

97
Procedimiento ordinario 857 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 857 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio López del Prado, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Premier de Automoción, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 497 de 2013

En Madrid, a 10 de diciembre de 2013.—Vistos por mí, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: don Sergio López del Prado, como demandante, asistido por el letrado don David Kraus Herreros, y como demandados, “Premier de Automoción, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, no comparecidos, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Sergio López del Prado, contra “Premier de Automoción, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial:

1. Condeno a la sociedad demandada a abonar al actor la suma de 1.131,02 euros, más sus intereses, contados con arreglo a un tipo anual del 10 por 100.

2. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por los pronunciamientos de la sentencia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, en atención a la cuantía reclamada, no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el magistrado-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Premier de Automoción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/245/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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