Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140118-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7

152
Procedimiento 642 de 2013

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 642 de 2013, a instancias de la parte actora doña Estefanía Postigo García, contra “Helitt Líneas Aéreas, Sociedad Limitada”, “Parquigrán, Sociedad Limitada”, y “Helit Líneas Aéreas, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 10 de diciembre de 2013 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Acuerdo: Se aprueba la avenencia lograda en la conciliación mencionada y ordenar el archivo de las presentes actuaciones.

Déjese testimonio de esta resolución en los autos y archívese el original en el libro correspondiente junto con certificación del acta de conciliación a que se refiere.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito de 25 euros en concepto de depósito para recurrir en la “Cuenta de consignaciones” de este órgano judicial, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Parquigrán, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 10 de diciembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/41.838/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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