Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140118-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 2

149
Procedimiento 281 de 2013

EDICTO

Doña Aurora Marín Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 281 de 2013, a instancias de la parte actora don Francisco Javier Caballero Rivas, contra el Fondo de Garantía Salarial y “Comercial Vigilancia y Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre despido objetivo individual, se ha dictado resolución de fecha 3 de diciembre de 2013 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda iniciadora de los autos número 281 de 2013 interpuesta por don Francisco Javier Caballero Rivas, frente a “Comercial Vigilancia y Seguridad, Sociedad Limitada”, se califica improcedente la decisión de la empresa de despedir al actor. Se declara extinguida la relación laboral con fecha de hoy (3 de diciembre de 2013) y se condena a la empresa a que indemnice a la parte actora en la cantidad de 2.438,73 euros, más la cantidad de 12.774,08 euros en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con información de que contra dicha resolución, y de conformidad con el artículo 191 de la Ley de la Jurisdicción Social, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla, anunciándolo ante este Juzgado en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.

Caso de que el recurrente sea la demandada, deberá ingresar conforme establecen los artículos 229 y 230 de la Ley de la Jurisdicción Social la cantidad a que se le condena en la cuenta número 1920000034028113, código entidad 0030, que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, de Huelva, oficina 4130, y además deberá depositar la cantidad de 300 euros que deberán ser ingresados en la misma cuenta.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Comercial Vigilancia y Seguridad, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Huelva, a 3 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.840/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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