Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140114-55

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54

55
Procedimiento ordinario 1.445 de 2011

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 1.445 de 2011, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 92 de 2013

Que en Madrid, a 8 de mayo de 2013, pronuncia don Arturo Hernández Presas, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 54 de Madrid, en el juicio ordinario número 1.445 de 2011, seguido a instancias de doña Susana Gómez Carrasco y doña Encarnación, doña Purificación, doña María Rosa, doña María Pilar, doña Susana, don José Luis, don Antonio, don Roberto, doña Julia Virginia, doña Magdalena, doña Begoña y doña María del Carmen Loeches Gómez, representados por la procuradora de los tribunales señora Moreno Ramos y defendidos por el letrado señor Llamas Jiménez, frente a “Cerro de Las Olivas, Sociedad Anónima”, don Francisco José y don Martín Díaz López, en rebeldía, y doña Nieves Díaz López, representada por el procurador señor Caballero Ballesteros y defendida por el letrado señor Hurtado Adrián.

Fallo

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora señora Moreno Ramos, en nombre y representación de doña Susana Gómez Carrasco y doña Encarnación, doña Purificación, doña María Rosa, doña María Pilar, doña Susana, don José Luis, don Antonio, don Roberto, doña Julia Virginia, doña Magdalena, doña Begoña y doña María del Carmen Loeches Gómez, frente a “Cerro de Las Olivas, Sociedad Anónima”, don Francisco José y don Martín Díaz López, en rebeldía, y doña Nieves Díaz López, representada por el procurador señor Caballero Ballesteros:

1.o Acuerdo la elevación a público del contrato privado de 22 de septiembre de 1969 por el que la codemandada “Cerro de Las Olivas, Sociedad Anónima”, vende a don Francisco José Díaz Garoz y doña Nieves López de Guzmán, padres de los codemandados, la parcela 1.907, sita en el término municipal de Santa María de Retamar (Toledo), así como del documento fechado el 12 de diciembre de 1974 por el que doña Nieves López de Guzmán y don Francisco López Garoz ceden sus derechos sobre dicha parcela a favor de la actora doña Susana Gómez Carrasco y del padre de los restantes demandantes, don Bonifacio Loeches Doncel, ya fallecido (documento 4 de la demanda).

2.o Acuerdo la segregación de la citada finca respecto de la matriz propiedad de “Cerro de Las Olivas, Sociedad Anónima”, de 269 hectáreas y 59 áreas de cabida, según descripción que consta en la inscripción en el Registro de la Propiedad de Escalona, finca número 3.146, teniendo la parcela 1.907 segregada las características y linderos siguientes:

Parcela urbana sita en urbanización “Calalberche”, del término municipal de Santa Cruz de Retamar, calle Río Cinca, número 4, con superficie aproximada de 796,18 metros cuadrados (según plano de parcelación de la urbanización “Calalberche”) y 791 metros cuadrados en el Catastro de Urbana. Linda: al Noreste, en línea recta de 16,89 metros cuadrados, con la calle R-43 de su situación, hoy calle Río Cinca número 4; al Suroeste, con línea 16,99 metros, con parcelas 1.904 y 1.903; al Sureste, en línea de 47 metros, con parcela 1.908, hoy Río Cinca, número 6, y al Noroeste, en línea recta de 47 metros, con parcela 1.906, hoy Río Cinca, número 2.

Los linderos actuales son: frente, calle de situación; derecha, entrando, parcela 1.906, de doña María de los Ángeles Díaz Díaz, hoy Río Cinca, número 2; izquierda, entrando, parcela 1.908, de don Martín Díaz López, hoy Río Cinca, número 6, y fondo, parcela 1.904, de don Antonio Cobos Cano, hoy Río Guadarrama, número 3, y parcela 1.903, de doña Carmen Martín Minguela, hoy Río Guadarrama, número 5.

3. Condeno a los demandados a estar y pasar por lo anteriormente acordado, procediéndose al otorgamiento de la escritura pública de oficio por el juzgado en caso de que los demandados no cumplieren voluntariamente.

4. Condeno a los codemandados don Francisco José y don Martín Díaz López al pago de las costas del procedimiento, sin pronunciamiento en cuanto a las costas respecto de doña Nieves Díaz López y “Cerro de Las Olivas, Sociedad Anónima”.

Notifíquese esta resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes a su notificación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Será requisito para la admisión del recurso que el recurrente acredite haber constituido depósito en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado por importe de 50 euros (número 2651 de “Banesto”, calle Diego de León, número 54, haciendo constar que es para un recurso, clave 02 y número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dictada y publicada por el señor magistrado-juez que la suscribe estando celebrada audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Cerro de Las Olivas, Sociedad Anónima”, la referida sentencia, bajo los apercibimientos legales oportunos.

En Madrid, a 3 de junio de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/9.191/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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