Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140114-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

135
Procedimiento ordinario 474 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 474 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen González Serrano, frente a don Carlos Zancajo Sánchez y “Casa y Jardín Servicios Generales, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 364 de 2013

En Madrid, a 30 de septiembre de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, doña María Henar Merino Senovilla, los presentes autos número 474 de 2012, seguidos a instancias de doña María del Carmen González Serrano, contra “Casa y Jardín Servicios Generales, Sociedad Limitada”, y don Carlos Zancajo Sánchez, sobre materias laborales individuales, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María del Carmen González Serrano, frente a la empresa “Casa y Jardín Servicios Generales, Sociedad Limitada”, y don Carlos Zancajo Sánchez, debo declarar y declaro la responsabilidad solidaria de ambos demandados, y debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la demandante la cantidad de 1.875,10 euros por los períodos y los conceptos detallados en la presente resolución, así como debo condenar a los demandados al abono del 10 por 100 de intereses por mora establecidos legalmente y, asimismo, se condena a los demandados a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncia, manda y firma doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez de lo social.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Casa y Jardín Servicios Generales, Sociedad Limitada”, y don Carlos Zancajo Sánchez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 9 de diciembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.949/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140114-135