Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140110-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 2

87
Procedimiento 371 de 2012

EDICTO

Doy fe y testimonio: En el juicio número 371 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado la presente sentencia de fecha 18 de octubre de 2013, que en su encabezamiento y fallo dice:

Vistos por don Miguel López-Veraza Pérez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Parla, los presentes autos de juicio verbal número 371 de 2012, sobre guarda y custodia, promovidos a instancias de doña Digna María Pérez Sipión, en su representación el procurador don Juan Luis Valgañón y asistida por el letrado don José David Díaz Vázquez, frente a don Wilson Henry Carabali Ortiz, ha dictado sentencia en virtud del siguiente

Fallo

Que estimando la demanda promovida por el procurador don Juan Luis Valgañón Gómez, en representación de doña Digna María Pérez Sipión, frente a don Wilson Henry Carabali Ortiz, procede establecer los siguientes efectos y medidas en relación con la menor, hija de la pareja, Angie Gabriela:

Las previstas por ministerio de la Ley.

Patria potestad compartida y atribución de la guarda y custodia a la señora Pérez Sipión.

Atribución a la señora Pérez Sipión del uso y disfrute del domicilio conyugal.

El señor Carabali Ortiz deberá abonar la cantidad de 300 euros. El pago de la misma deberá realizarse en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que la señora Pérez Sipión designe al efecto. Asimismo, las cantidades estarán sujetas a una revalorización conforme al índice de precios al consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo equivalente.

Todo ello sin condena en costas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.

Comuníquese de oficio al Registro Civil para la correspondiente anotación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia a don Wilson Henry Carabali Ortiz, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Parla, a 19 de octubre de 2013.—El secretario (firmado).

(03/40.933/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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