Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2014

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140110-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 4038/2013, de 26 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se revocan subvenciones concedidas mediante la Orden 3966/2013, de 18 de diciembre, por la que se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional de carácter no profesional para el año 2013.

Mediante Orden 3151/2013, de 3 de octubre, se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2013, de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

En virtud del Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se faculta a la Consejera de Educación, Juventud y Deporte en el artículo 11.1.2.i) para la concesión de subvenciones y ayudas públicas.

Por Orden 3966/2013, de 18 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2013 y se aprueba la relación de suplentes prevista en el artículo 8.1 de la Orden 3151/2013, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2013 de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional.

El artículo 4 de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería prevé la delegación en el Director General de Juventud y Deportes, en relación con todas las líneas de subvención, para la adopción de los actos que procedan en los procedimientos relativos a la gestión de las subvenciones que sean posteriores a la fase de concesión de las mismas, incluyendo los de prórrogas y de reintegro, y demás incidencias que pudieran surgir en relación con los beneficiarios, tales como las declaraciones de desistimiento y renuncia.

Con posterioridad a la concesión, ha habido entidades que no han justificado la ayuda concedida en la forma prevista, por lo que procede la revocación de las mismas.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Modificar la Orden 3966/2013, de 18 de diciembre, en los siguientes términos:

Primero

Revocar las ayudas concedidas a los siguientes equipos: El equipo de espada femenina del Club de Esgrima Cardenal Cisneros y los equipos de espada femenina y sable masculino del Club Sala de Armas de Madrid, al no haberse dado todas las condiciones que justifiquen el pago de la citada ayuda.

Segundo

En base a lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden 3966/2013, de 18 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se conceden subvenciones a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2013, las vacantes que se han producido serán cubiertas automáticamente con los siguientes suplentes que fueron aprobados por dicha Orden, hasta agotar el crédito presupuestario y de acuerdo con el remanente existente:



Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

En Madrid, a 26 de diciembre de 2013.—La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, PD (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre), el Director General de Juventud y Deportes, Pablo J. Salazar Gordon.

(03/589/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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