Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140110-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

URBANISMO

30
Plan especial red agua potable

Por acuerdo de Pleno de esta Corporación, adoptado en sesión celebrada el día 28 de octubre de 2013, se derogó definitivamente el Plan Especial de Ampliación de la Red de Aducción de agua potable a los nuevos Sectores PP-4 “Cárcavas Este”, PP-5 “Carretera de Villaviciosa”, PP-8 “Parque de Actividades El Lucero” y “Retamar de la Huerta”, aprobado por acuerdo plenario de 26 de abril de 2010 y decreto de 29 de septiembre de 2010, de la concejala-delegada del Área de Desarrollo Territorial (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 20 de octubre de 2010). Al momento de la publicación de la derogación definitiva, quedarán revocados, en ejecución del artículo 105.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el acuerdo de JGL número 6/37, de 25 de enero de 2011, y aclarado por acuerdo de la JGL número 5/134, de 22 de marzo de 2011, sobre requerimiento de pagos, y acuerdos conexos (el de suspensión de ejecutividad de JGL número 9/291, de 12 de junio de 2012).

Lo que se hace público para general conocimiento, significando contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer el siguiente recurso o cualquier otro que se considere oportuno:

— Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados y Tribunales competentes del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcorcón, a 6 de noviembre de 2013.—El secretario general del Pleno, Gabriel Antonio Dotor Castilla.

(03/41.803/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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