Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2014

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140107-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

142
Ejecución 598 de 2013-V

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 598 de 2013-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Peñasco Sánchez Barba, frente a “Calvín, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 11 de diciembre de 2013.

El anterior escrito, únase a los autos de su razón, y dése traslado de copia a las otras partes afectadas.

Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 17 de octubre de 2013 a la empresa “Calvín, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Juan Carlos Peñasco Sánchez Barba, y previo a su resolución se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, números 6-8, 28931 Móstoles (Madrid), el día 6 de febrero de 2014, a las nueve y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.

Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Calvín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 11 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.202/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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